New York · est. 2013Friday, September 25, 2026
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Visas · Inmigrante especial

SIJ Clasificación de Menor Inmigrante Especial (Special Immigrant Juvenile)

La clasificación de Menor Inmigrante Especial (Special Immigrant Juvenile) es para un menor que se encuentra en Estados Unidos respecto de quien un tribunal estatal de menores ha determinado que no puede reunificarse con uno o ambos padres a causa de abuso, negligencia, abandono o una base similar conforme a la ley estatal, y para quien regresar a su país de origen no responde a su interés superior. Es inusual porque exige una orden de un tribunal estatal antes de que siquiera pueda presentarse la solicitud federal. Además, desde 2022 tiene un atraso severo, porque toma sus números de visa de la categoría EB-4, que está sobresuscrita.

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Duración
La clasificación no vence una vez aprobada. Lo que tiene límite de tiempo es la elegibilidad para presentar la solicitud: la persona debe ser menor de 21 años y estar soltera en la fecha de presentación. No hay límite de edad para solicitar después la residencia permanente, y USCIS no negará un I-485 basado en SIJ por razón de la edad actual si el solicitante era menor de 21 años cuando el I-360 fue debidamente presentado.
Extensiones
No hay nada que extender. La acción diferida otorgada a los SIJ que esperaban un número de visa regía por un período determinado, pero USCIS no considerará solicitudes de renovación para los SIJ que aún esperan un número, y puede dar por terminados los otorgamientos existentes y revocar el permiso de trabajo asociado antes de su vencimiento.
Trabajo
Solo a través de la solicitud de residencia permanente, en la práctica. Un SIJ con un Formulario I-485 pendiente puede obtener un permiso de trabajo en la categoría (c)(9). La acción diferida con un permiso de trabajo de categoría (c)(14) se otorgaba automáticamente a los SIJ que no podían ajustar su estatus únicamente porque no había visa disponible, conforme a una política de 2022, pero esa política fue rescindida dos veces y ya no está vigente. Desde el 10 de mayo de 2026, para los I-360 presentados en esa fecha o después, USCIS ya no efectúa determinaciones automáticas de acción diferida.
Dependientes
Ninguno. Esta es la limitación más severa de la categoría. Un SIJ no tiene derivados, ni cónyuge ni hijos, y por diseño nunca puede peticionar por los padres, incluido un padre no abusivo.
Camino a la residencia permanente
El Formulario I-360 establece la clasificación. Cuando hay un número EB-4 disponible, sigue el Formulario I-485, sin tarifa de presentación. Se considera que los SIJ han sido admitidos bajo palabra (parole) para efectos del ajuste, de modo que no importa cómo ingresaron al país. Están exentos de todos los impedimentos al ajuste salvo el impedimento relacionado con el terrorismo de INA 245(c)(6), que no tiene exención, y están exentos de varias causales de inadmisibilidad. La naturalización procede cinco años después de otorgada la residencia.
Tiempo de trámite
Dos relojes, y el segundo es el problema. USCIS adjudica el I-360: la mediana nacional para todas las clasificaciones de I-360 fue de 6.2 meses en el FY2026 hasta el 30 de junio de 2026, frente a 4.2 en el FY2025. Después viene la fila del EB-4, que con una fecha de acción final de 15DEC22 en septiembre de 2026 lleva un atraso de aproximadamente tres años y tres cuartos. Las cifras específicas de SIJ no están verificadas.
Cupo anual y filas de espera
Las visas SIJ provienen de la cuarta preferencia basada en el empleo y se imputan a ella. EB-4 recibe el 7.1% del nivel mundial basado en el empleo, que para el FY2026 es de 186,317, con un límite por país de 28,862. Las fechas de acción final de EB-4 de septiembre de 2026 son 15DEC22 para todas las columnas: todas las áreas de imputación, China, India, México y Filipinas, y las fechas de presentación son 01JAN23 en todos los casos. Guatemala, Honduras y El Salvador no aparecen por separado y quedan bajo todas las áreas de imputación, de modo que esas cifras les aplican. EB-4 está retrogresada más que no disponible, pero el boletín advierte que las categorías pueden quedar no disponibles antes de que termine el año fiscal, y EB-4 agotó toda su asignación del FY2025 para el 28 de febrero de 2025.

Quién califica

  • Una persona menor de 21 años y soltera en la fecha en que el Formulario I-360 se presenta debidamente, que se encuentra presente en Estados Unidos
  • Una persona respecto de la cual un tribunal estatal de menores ha emitido las determinaciones requeridas: que está bajo la dependencia del tribunal o ha sido colocada bajo la custodia de una agencia estatal o de una persona designada por el tribunal; que la reunificación con uno o ambos padres no es viable a causa de abuso, negligencia, abandono o una base similar conforme a la ley estatal; y que no responde a su interés superior regresar a su país de nacionalidad o de última residencia habitual, o al de sus padres
  • Una persona que obtiene el consentimiento de USCIS para el otorgamiento de la clasificación
  • Cuando el menor está bajo la custodia del Departamento de Salud y Servicios Humanos, alguien que además cuenta con el consentimiento de HHS respecto de la jurisdicción del tribunal de menores cuando la orden modifica el estatus de custodia o la colocación

Requisitos

  • Una orden calificada de un tribunal estatal de menores que contenga todas las determinaciones requeridas, obtenida mientras el tribunal tenía jurisdicción
  • Ser menor de 21 años y soltero cuando el Formulario I-360 se presenta debidamente
  • El consentimiento de USCIS, es decir, que la solicitud de clasificación sea de buena fe y que la orden del tribunal de menores se haya buscado para obtener amparo frente al abuso, la negligencia o el abandono, y no principalmente para obtener un beneficio migratorio
  • La tarifa SIJ de $250 no exenta establecida por la H.R. 1 para los I-360 con matasellos del 22 de julio de 2025 o posterior
  • Para la etapa de la residencia permanente, un número de visa EB-4 disponible y admisibilidad, con varias causales exentas
  • No hay requisito de buen carácter moral ni impedimentos penales para el propio I-360; el Congreso no incluyó ninguno en la ley

Cómo solicitar

  1. 1

    Acuda primero al tribunal estatal de menores. Obtenga una orden que contenga la determinación de dependencia o custodia, la no viabilidad de la reunificación con uno o ambos padres a causa de abuso, negligencia, abandono o una base similar de la ley estatal, y la determinación de interés superior respecto del regreso.

  2. 2

    Presente el Formulario I-360 ante USCIS siendo menor de 21 años y soltero, con la orden judicial y la evidencia de respaldo, y pague la tarifa de $250 de la H.R. 1.

  3. 3

    No cuente con la acción diferida durante la espera. Desde el 10 de mayo de 2026, USCIS ya no efectúa determinaciones automáticas de acción diferida para los SIJ que no pueden ajustar su estatus únicamente porque no hay visa disponible, y no considerará solicitudes de renovación para quienes aún esperan un número.

  4. 4

    Espere la fecha de prioridad EB-4. En septiembre de 2026 es 15DEC22 para todos los países.

  5. 5

    Cuando haya un número disponible, presente el Formulario I-485 sin tarifa, junto con el Formulario I-765 en la categoría (c)(9) si necesita trabajar.

  6. 6

    Asista a la cita biométrica y, cuando se programe, a la entrevista. Su edad en ese momento no importa si era menor de 21 años cuando el I-360 fue debidamente presentado.

Tarifas y formularios

Formulario I-360, petición de Menor Inmigrante Especial$0 filing fee, plus a $250 non-waivable H.R. 1 SIJ fee for petitions postmarked on or after 22 July 2025. The $250 was not inflation-adjusted for FY2026
Formulario I-485, ajuste de estatus con base en la clasificación SIJ$0 - fee exempt
Formulario I-765, autorización de empleo en la categoría (c)(9) o (c)(14)$0
Formulario I-601, exención de inadmisibilidad, si es necesaria$930 when collected for USCIS at a consulate
Procedimientos ante el tribunal estatal de menoresset by the state court, not by USCIS

Qué cambió en 2025 y 2026

  • 6 de junio de 2025 - la actualización de política PA-2025-07 rescindió la política de marzo de 2022 de considerar automáticamente la acción diferida, con un permiso de trabajo de categoría (c)(14), para los SIJ que no podían ajustar su estatus únicamente porque no había visa disponible.
  • 24 de julio de 2025 - USCIS publicó un informe en el que alega vulnerabilidades significativas de seguridad nacional e integridad en el programa SIJ, tras revisar más de 300,000 peticiones presentadas desde el inicio del FY2013 hasta febrero de 2025. Señala que más de la mitad de los peticionarios SIJ que presentaron en el FY2024 tenían más de 18 años, e identifica a 853 miembros conocidos o presuntos de pandillas entre los peticionarios.
  • 22 de julio de 2025 - la H.R. 1 introdujo la tarifa SIJ de $250, aplicable a las peticiones con matasellos de esa fecha o posterior. No es exenta y expresamente no se ajustó por inflación para el FY2026.
  • 19 de noviembre de 2025 - el Distrito Este de Nueva York suspendió la rescisión de junio de 2025 en A.C.R. v. Noem, No. 1:25-cv-03962-EK-TAM. USCIS reanudó la consideración automática y aceptó solicitudes de renovación mediante el Formulario G-325A.
  • 10 de abril de 2026 - USCIS volvió a anunciar la rescisión en el memorando de política PM-602-0198, con vigencia a partir del 10 de mayo de 2026. Para los I-360 basados en SIJ presentados el 10 de mayo de 2026 o después, USCIS ya no efectúa determinaciones automáticas de acción diferida. Las solicitudes presentadas en el Formulario G-325A antes del 10 de mayo de 2026 se consideraron bajo la política de 2022. Los otorgamientos existentes generalmente conservarán la acción diferida y el permiso de trabajo asociado hasta su vencimiento, pero USCIS puede dar por terminado un otorgamiento mediante una notificación de comparecencia o un aviso de terminación y revocar el permiso de trabajo antes de que finalice su período de vigencia. El Manual de Políticas, Volumen 6, Parte J, Capítulo 4 agrega que USCIS no considerará solicitudes de renovación para los SIJ que aún esperan un número de visa.
  • 8 de mayo de 2026 - la actualización de política PA-2026-01 reafirmó la acción diferida como un uso extraordinario de la discreción procesal, nunca categórico, con referencia expresa al PM-602-0198.
  • No apareció ninguna reglamentación sobre SIJ en el Federal Register en 2025 ni en 2026, y no ha habido cambios en el Manual de Políticas sobre el cumplimiento de la edad límite, el consentimiento o los requisitos de la orden previa desde 2024. El estado actual de A.C.R. v. Noem tras la nueva rescisión de abril y mayo de 2026 no está verificado.
  • Los Menores Inmigrantes Especiales siguen exentos de la causal de carga pública conforme a la regla final del 20 de julio de 2026, vigente desde el 18 de septiembre de 2026.

Dónde suele fallar

  • Presentar el I-360 después de cumplir 21 años o después de casarse. Ambas situaciones son fatales, y la orden del tribunal estatal toma tiempo en obtenerse, por lo que el proceso judicial debe iniciarse bastante antes del cumpleaños.
  • Una orden judicial que recita conclusiones sin las determinaciones exigidas por la ley. USCIS revisa la orden en busca de la determinación de dependencia o custodia, la no viabilidad de la reunificación y la determinación de interés superior, y debe haberse emitido dentro de la jurisdicción del tribunal.
  • El problema del consentimiento. USCIS debe determinar que la solicitud es bona fide, es decir, que la orden del tribunal de menores se solicitó para obtener protección frente al abuso, la negligencia o el abandono, y no principalmente para obtener un estatus migratorio, y el informe de julio de 2025 indica un escrutinio marcadamente mayor precisamente sobre ese punto.
  • Dar por sentado que recibirá acción diferida y un permiso de trabajo mientras espera un número. Desde el 10 de mayo de 2026 eso ya no existe para nuevas solicitudes, no se consideran renovaciones y las concesiones vigentes pueden ser terminadas.
  • Esperar poder traer a la familia. No hay beneficiarios derivados, y un SIJ nunca puede presentar una petición a favor de ninguno de sus padres, incluido aquel que no fue el agresor.
  • Esperar años en la fila de EB-4 sin estatus. Tres años y nueve meses en la fecha de septiembre de 2026, sin permiso de trabajo y sin protección contra la deportación, es la experiencia habitual en la actualidad.
  • La prohibición de ajuste relacionada con terrorismo en INA 245(c)(6). Los SIJ están exentos de todas las demás prohibiciones de ajuste, pero no existe exención ni perdón para esa.

También en Inmigrante especial

Fuentes: uscis.gov · uscis.gov · uscis.gov · uscis.gov · uscis.gov · uscis.gov · travel.state.gov · uscis.gov · federalregister.gov

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