I-212 Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Admisión a los Estados Unidos Después de una Deportación o Remoción
Solicita el consentimiento para volver a pedir la admisión después de una orden de remoción o deportación, la cual de otro modo impide el reingreso por cinco, diez o veinte años, o de forma permanente. Con frecuencia se presenta junto con un I-601 o un I-601A, porque una orden de remoción y la presencia ilegal son impedimentos distintos y cada uno requiere su propio perdón.
- Tarifa
- $1,175 cuando se presenta ante USCIS. Si presenta la solicitud ante CBP en un puerto de entrada, comuníquese con ese puerto para obtener instrucciones de pago.
- Exención de tarifa
- No disponible
- Quién lo presenta
- Personas con una orden previa de remoción, deportación o remoción expedita que desean regresar.
- Dónde se presenta
- Por correo al lockbox de USCIS, al consulado o a CBP, según dónde se encuentre la persona y qué esté solicitando.
- Tiempo de trámite
- 35.7 meses para perdones distintos del I-601A (mediana nacional del año fiscal 2026 hasta el 30 de junio de 2026)
Suele presentarse con
Parte de estos trámites
Qué cambió en 2025 y 2026
- Por lo general, una persona sujeta al impedimento permanente conforme a INA 212(a)(9)(C) debe pasar diez años fuera de los Estados Unidos antes de que un I-212 pueda siquiera ser considerado.
Página oficial. https://www.uscis.gov/i-212. Descargue el formulario allí, nunca de un sitio de terceros; verifique la fecha de edición y la tarifa antes de presentar.