New York · est. 2013Saturday, September 5, 2026
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Visas · Special immigrant

SB-1 Visa de residente que regresa

La SB-1 es para un residente permanente que ha quedado varado fuera de Estados Unidos por más tiempo del que permite la ley y necesita una nueva visa de inmigrante para regresar. La tarjeta de residencia es válida para el reingreso durante un año; un permiso de reingreso, durante dos. Si permanece ausente más tiempo, la tarjeta deja de servir, y la visa de residente que regresa es el mecanismo para demostrar que la ausencia se debió a circunstancias fuera de su control y no a un abandono.

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Duración
permanent
Extensiones
No aplica. Si la solicitud prospera, usted reanuda la residencia permanente y la tarjeta se renueva con el Formulario I-90 cada diez años. No existe una prórroga de la ventana de reingreso de uno o dos años en sí misma; el permiso de reingreso debe solicitarse con el Formulario I-131 antes de salir.
Trabajo
Sí, sin restricción, al reanudar la residencia permanente.
Dependientes
Ninguno como tal. Cada familiar que sea residente que regresa debe presentar su propio Formulario DS-117 y ser evaluado por separado. La concesión para familias de militares y del gobierno de Estados Unidos opera sobre la persona, no a través de un derivado.
Camino a la residencia permanente
La SB-1 es la visa de inmigrante. La aprobación del estatus de residente que regresa elimina el requisito de presentar una petición de visa de inmigrante ante USCIS, pero de todos modos usted debe ser considerado elegible para una visa de inmigrante, asistir a una entrevista y aprobar un examen médico. Si la solicitud es rechazada por motivos de abandono, la alternativa es una visa de no inmigrante si puede demostrar vínculos convincentes en el extranjero, o volver a solicitar una visa de inmigrante sobre la misma base y en la misma categoría por la que inmigró originalmente, lo que en una categoría familiar significa comenzar la fila de nuevo.
Tiempo de trámite
El Departamento de Estado aconseja contactar al puesto consular al menos tres meses antes del viaje previsto, porque deben programarse dos entrevistas y un examen médico. No hay una cifra nacional publicada y la práctica de cada puesto varía ampliamente; los tiempos específicos no están verificados.
Cupo anual y filas de espera
Ninguna. La SB-1 es una clasificación de inmigrante especial y no está sujeta a límite numérico, por lo que no aparece una fecha de acción final para ella en el Boletín de Visas de septiembre de 2026.

Quién califica

  • Un residente permanente legal que ha permanecido fuera de Estados Unidos por más de un año
  • Un residente condicional en la misma situación
  • Un residente permanente o condicional que ha permanecido fuera más allá del período de validez de un permiso de reingreso, que es de dos años
  • No la necesita el cónyuge o hijo de un miembro de las fuerzas armadas de Estados Unidos, ni de un empleado civil del gobierno de Estados Unidos destacado en el extranjero por órdenes oficiales, quien puede usar el Formulario I-551 para ingresar aunque esté vencido, siempre que no haya abandonado la residencia y regrese a reanudar la residencia o acompañe al militar o empleado

Requisitos

  • Usted era residente permanente legal cuando salió de Estados Unidos
  • Usted salió con la intención de regresar y no ha abandonado esa intención
  • Usted regresa de una visita temporal al extranjero y, si la estadía se prolongó, ello se debió a razones fuera de su control de las que usted no fue responsable
  • También debe demostrar elegibilidad para una visa de inmigrante en todos los demás aspectos, lo que significa admisibilidad conforme a INA 212(a) o una exención
  • Un examen médico

Cómo solicitar

  1. 1

    Comuníquese con la embajada o consulado de Estados Unidos más cercano con anticipación a su viaje previsto, idealmente al menos tres meses antes. Revise las instrucciones específicas del país en el sitio web de ese puesto consular, porque el procedimiento varía.

  2. 2

    Presente el Formulario DS-117 con su tarjeta de residencia o permiso de reingreso, y pruebas de que su salida fue temporal y de que la estadía prolongada estuvo fuera de su control: expedientes médicos, órdenes laborales, un fallecimiento en la familia, restricciones de viaje.

  3. 3

    Asista a la entrevista sobre el estatus de residente que regresa. Un oficial consular decide si usted cumple con los criterios.

  4. 4

    Si se aprueba, pague la cuota de procesamiento del DS-260, complete la solicitud de visa de inmigrante y realice el examen médico.

  5. 5

    Asista a la entrevista de visa de inmigrante, que suele ser una segunda cita.

  6. 6

    Ingrese a Estados Unidos con la visa SB-1. No se cobra la Cuota de Inmigrante de USCIS.

Tarifas y formularios

Formulario DS-117, Solicitud para Determinar el Estatus de Residente que Regresa$180
Procesamiento de la solicitud de visa de inmigrante DS-260, otras solicitudes de visa de inmigrante incluidos los solicitantes de residente que regresa$205
Cuota de Inmigrante de USCIS$0 - SB-1 returning residents are exempt
Examen médico y vacunasset by the panel physician
Carta de transporte para un residente permanente legal, cuando corresponda en su lugar$575
DS-117DS-260I-693I-551 (green card, as evidence)I-131 (re-entry permit, for prevention rather than cure)I-90

Qué cambió en 2025 y 2026

  • Las reglas de la SB-1 en sí mismas no cambiaron en 2025 ni en 2026. Lo que cambió es el entorno que las rodea.
  • 20 de julio de 2026: la regla final sobre carga pública que deroga los reglamentos de 2022, vigente desde el 18 de septiembre de 2026, se aplica a los solicitantes de SB-1 porque deben demostrar elegibilidad para una visa de inmigrante en todos los demás aspectos.
  • Se redujo la emisión de visas de inmigrante para nacionales de países cubiertos por las Proclamaciones Presidenciales 10949 y 10998, y por las restricciones al procesamiento de visas de inmigrante para nacionalidades con alto riesgo de uso de beneficios públicos. Esa última medida suspendió la emisión de visas de inmigrante a nacionales de 75 países desde el 21 de enero de 2026 hasta el 21 de agosto de 2026, cuando terminó por orden judicial en CLINIC et al. v. Rubio. Un solicitante de SB-1 cuya nacionalidad se vio afectada puede haber perdido casi un año.
  • 1 de enero de 2026: ajuste anual por inflación de las cuotas de la H.R. 1, ninguna de las cuales aplica a la SB-1.
  • 21 de mayo de 2026: memorando de política de USCIS PM-602-0199 que trata el ajuste de estatus como un remedio discrecional extraordinario. Esto opera en sentido contrario para los residentes que regresan: la premisa del memorando es que el procesamiento consular es la vía ordinaria, que es precisamente lo que es la SB-1.

Dónde suele fallar

  • Creer que una ausencia de un año es un período de gracia. Es el límite máximo de validez de la tarjeta de residencia como documento de viaje, no un permiso para estar ausente un año, y puede determinarse abandono con una ausencia mucho más corta si los hechos muestran que usted se mudó al extranjero.
  • Solicitarla porque simplemente prefirió quedarse más tiempo. Razones fuera de su control significa genuinamente fuera de su control: una enfermedad, una orden judicial, el cierre de una frontera; no la conveniencia ni un padre anciano al que usted eligió cuidar indefinidamente.
  • No obtener un permiso de reingreso antes de salir. El Formulario I-131 debe presentarse mientras usted se encuentra físicamente en Estados Unidos, y es mucho más fácil que una SB-1 después.
  • Dejar que un permiso de reingreso venza en el extranjero. Dura dos años y no puede renovarse desde fuera del país.
  • Presentar declaraciones de impuestos como no residente mientras está en el extranjero. Es una prueba casi concluyente de abandono.
  • Suponer que el rechazo es el final. No lo es, pero la alternativa es una nueva visa de inmigrante en la categoría original, lo que en un caso de hermano F4 significa volver al final de una fila de veinte años.

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Fuentes: travel.state.gov · travel.state.gov · uscis.gov · travel.state.gov · travel.state.gov

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