F1 Primera preferencia familiar: hijo o hija soltero mayor de edad de un ciudadano estadounidense
La categoría F1 comprende al hijo o hija soltero de un ciudadano estadounidense que tenga 21 años o más. A diferencia de los familiares inmediatos, esta categoría tiene un cupo limitado, por lo que se asigna una fecha de prioridad cuando se presenta la petición y el solicitante espera hasta que esa fecha esté vigente en el Boletín de Visas. La espera es larga en todas partes y generacional para México.
- Duración
- permanent
- Extensiones
- No aplica. La tarjeta de residencia es incondicional y se renueva con el Formulario I-90 cada diez años. La I-130 pendiente en sí no vence, y una petición aprobada conserva su fecha de prioridad indefinidamente a menos que sea revocada.
- Trabajo
- Sí, sin restricción una vez otorgada la residencia. No hay autorización de empleo asociada a una petición F1 pendiente: una persona que espera en la fila dentro de Estados Unidos necesita algún estatus independiente para trabajar.
- Dependientes
- Los hijos solteros menores de 21 años del beneficiario son beneficiarios derivados y obtienen la misma fecha de prioridad. Se permite el following-to-join (reunirse posteriormente), de modo que un derivado puede inmigrar después con el caso aprobado del principal. Tenga en cuenta que el cónyuge del principal no puede ser derivado, porque el matrimonio elimina por completo la elegibilidad F1.
- Camino a la residencia permanente
- La petición es la vía. Una vez que la fecha de prioridad esté vigente, el beneficiario tramita por vía consular con el DS-260 o, si se encuentra legalmente presente en Estados Unidos, presenta el Formulario I-485. La Ley de Protección del Estatus del Menor (Child Status Protection Act) puede restar el tiempo que la petición estuvo pendiente de la edad de un hijo derivado, y el menor debe procurar adquirir la residencia dentro del año siguiente a la disponibilidad de la visa para conservar el beneficio.
- Tiempo de trámite
- La adjudicación de la I-130 por parte de USCIS es una parte menor del total. Lo que manda es la fila: con una fecha de acción final de 22JAN20 en septiembre de 2026 para la mayor parte del mundo, la espera efectiva es de aproximadamente seis años y medio; para México, con 01JAN08, es de más de dieciocho años; para Filipinas, con 01MAY13, más de trece. Estas cifras se derivan del Boletín de Visas de septiembre de 2026. Los tiempos de adjudicación de la I-130 por USCIS se publican por separado en egov.uscis.gov/processing-times y no están verificados aquí.
- Cupo anual y filas de espera
- 23,400 al año más los números no utilizados por la cuarta preferencia, dentro de un límite mundial de preferencia familiar de 226,000 para el AF2026. El límite por país es de 28,862 para el AF2026 (29,136 con arrastre) y el límite para áreas dependientes es de 8,247 (8,325 con arrastre). Fechas de acción final de septiembre de 2026: todas las áreas de imputación 22JAN20, nacidos en China continental 22JAN20, India 22JAN20, México 01JAN08, Filipinas 01MAY13. Fechas para presentar solicitudes del mismo mes: todas las áreas, China e India 01FEB20, México 01DEC08, Filipinas 22APR15.
Quién califica
- Un hijo o hija soltero de un ciudadano estadounidense, de 21 años o más
- Los hijos solteros de ese hijo o hija, como beneficiarios derivados conforme a INA 203(d)
- Una persona que fue beneficiaria IR-2 y cumplió la edad límite (aged out): la petición se convierte automáticamente de familiar inmediato a F1 y conserva su fecha de prioridad original
- Una persona que fue beneficiaria F2B de un residente permanente cuyo padre o madre luego se naturalizó: la petición se convierte a F1, aunque el beneficiario puede optar por permanecer en F2B cuando esa vía sea más rápida
Requisitos
- Prueba de la ciudadanía estadounidense del peticionario
- Prueba de la relación entre padre o madre e hijo
- El beneficiario debe estar soltero y permanecer soltero hasta que se otorgue la residencia
- Una fecha de prioridad vigente según la tabla de fechas de acción final del Boletín de Visas
- Admisibilidad conforme a INA 212(a) o una exención (waiver) disponible
- Formulario I-864 del padre o madre ciudadano al 125% de las guías federales de pobreza, o un copatrocinador
- Un examen médico
Cómo solicitar
- 1
El padre o madre ciudadano presenta el Formulario I-130. La fecha de presentación se convierte en la fecha de prioridad y eso es lo único que importa durante la próxima década.
- 2
Esperar. Revise el Boletín de Visas cada mes: la tabla de fechas para presentar solicitudes le indica cuándo el Centro Nacional de Visas le permitirá reunir los documentos, y la tabla de fechas de acción final le indica cuándo se puede emitir efectivamente una visa.
- 3
Cuando la tabla de fechas para presentar solicitudes alcance su fecha de prioridad, el NVC recauda el DS-261, la cuota del DS-260, el Formulario I-864 y los documentos civiles.
- 4
Cuando la fecha de acción final supere su fecha de prioridad, el NVC programa la entrevista consular. Complete el examen médico y asista.
- 5
Ingrese con la visa de inmigrante y pague la Cuota de Inmigrante de USCIS de $235.
- 6
Si usted se encuentra legalmente en Estados Unidos cuando la fecha esté vigente, presente el Formulario I-485 en su lugar, con la I-765 y la I-131 si las necesita.
- 7
No contraiga matrimonio en ningún momento antes de que se otorgue la residencia.
Tarifas y formularios
| Petición con Formulario I-130, presentación en papel | $675 |
| Petición con Formulario I-130, presentación en línea | $625 |
| Tramitación de la solicitud de visa de inmigrante DS-260 | $325 per person |
| Revisión de la Declaración Jurada de Sostenimiento por el Centro Nacional de Visas | $120 |
| Cuota de Inmigrante de USCIS (USCIS Immigrant Fee) | $235 |
| Formulario I-485, solicitante de 14 años o más, en papel | $1,440 |
| Permiso de trabajo con Formulario I-765 presentado junto con una I-485 radicada el 1 de abril de 2024 o después | $260 |
Qué cambió en 2025 y 2026
- Boletín de Visas de septiembre de 2026: el Departamento de Estado señala que las fechas de acción final y las fechas para presentar solicitudes han avanzado en varias categorías en los últimos meses porque las tasas de emisión para nacionales de ciertos países han disminuido bajo las Proclamaciones Presidenciales 10949 y 10998 y las restricciones al procesamiento de visas de inmigrante para nacionalidades con alto riesgo de uso de beneficios públicos, lo que deja números disponibles para usarse en otras partes. Advierte que puede producirse un retroceso (retrogression) a medida que se materialice la demanda, y que algunas categorías podrían quedar no disponibles antes del 30 de septiembre de 2026.
- 1 de enero de 2026: ajuste anual por inflación de las cuotas de la H.R. 1.
- 29 de abril de 2026: regla final del DHS que implementa las cuotas de la H.R. 1 y los procedimientos relacionados.
- Mayo de 2026: guía de USCIS que trata el ajuste de estatus como un ejercicio extraordinario de discreción.
- 20 de julio de 2026: regla final sobre carga pública que deroga los reglamentos de 2022, con vigencia a partir del 18 de septiembre de 2026.
- Números del AF2026: límite mundial de preferencia familiar 226,000, límite por país 28,862, límite para áreas dependientes 8,247, según lo determinado por el Departamento de Estado con datos de USCIS proporcionados el 24 de julio de 2026.
Dónde suele fallar
- Casarse mientras la petición está pendiente. La elegibilidad F1 termina en el momento en que el beneficiario se casa, y la petición se convierte a F3, que en septiembre de 2026 está seis años más atrás para la mayor parte del mundo.
- Suponer que la naturalización de un padre o madre siempre ayuda. Un beneficiario en F2B cuyo padre o madre se naturaliza pasa automáticamente a F1, y para nacionales de Filipinas y México la categoría F1 puede ser más lenta que la F2B. La INA 204(k) permite al beneficiario optar por no acogerse a esa conversión mediante solicitud por escrito, pero debe hacerse de manera deliberada.
- Dejar que un hijo derivado cumpla 21 años sin realizar el cálculo bajo la CSPA y sin gestionar la adquisición de la residencia dentro del año siguiente a la disponibilidad de la visa.
- Presentar el I-485 conforme a la tabla de fechas de presentación (dates for filing) cuando USCIS no ha autorizado esa tabla para el mes correspondiente. USCIS anuncia mensualmente en uscis.gov/visabulletininfo cuál tabla aplica.
- Ignorar la advertencia de septiembre de 2026 de que algunas categorías pueden quedar no disponibles antes de que termine el año fiscal. Un caso que está vigente (current) en septiembre no tiene garantizado un número de visa.
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