Defensa de un caso de deportación
El proceso de deportación comienza cuando el DHS presenta una notificación de comparecencia ante una corte de inmigración. La persona respondiente comparece ante un juez de inmigración, el DHS es representado por un abogado litigante, y el caso termina con una orden de deportación o con la concesión de un alivio migratorio. Todo en este proceso funciona con plazos que no perdonan.
Para quién es. Cualquier persona a la que se le haya entregado una notificación de comparecencia en el Formulario I-862, y su familia.
Los formularios, en orden
- 1
Confirme que el caso realmente esté registrado en el calendario y ubique la corte
Consulte el sistema automatizado de información de casos de EOIR. Una notificación de comparecencia que fue entregada pero nunca presentada ante la corte significa que todavía no existe un caso.
- 2
Presente el formulario de cambio de dirección y manténgalo actualizado
Este es el paso administrativo más importante de todos. Las notificaciones se envían a la última dirección registrada.
- 3
Deje constancia de su representación legal en el expediente
EOIR mantiene una lista de proveedores de servicios legales pro bono para cada corte.
- 4
Asista a todas las audiencias
Faltar a una audiencia produce una orden de deportación in absentia, que es muy difícil de revertir.
- 5
Presente la solicitud de alivio para la cual el juez fije un plazo
- 6
Apele una decisión adversa dentro de 30 días
Dónde suele fallar
- Una dirección desactualizada en el Formulario EOIR-33/IC es la principal causa de órdenes de deportación in absentia.
- La cancelación de deportación bajo el EOIR-42B está limitada a 4,000 concesiones al año, por lo que una decisión puede quedar reservada durante años.
- Perder el plazo de 30 días para apelar hace que se pierda la apelación, y el tiempo de envío por correo no lo extiende.
- Las solicitudes presentadas ante la corte equivocada son rechazadas y es posible que el plazo no se reinicie.
- EOIR ya no acepta cheques ni giros postales, lo cual es un obstáculo real para las personas respondientes que no tienen cuenta bancaria.
Qué cambió en 2025 y 2026
- A partir del 23 de febrero de 2026 todas las cuotas migratorias de EOIR deben pagarse electrónicamente a través del Portal de Pagos de EOIR.
- Las cuotas de las cortes de inmigración subieron considerablemente bajo el esquema actual, con el EOIR-42B en $1,640 y un I-485 presentado en corte en $2,980.
- Las cortes han sido consolidadas y reubicadas repetidamente desde 2025; confirme la dirección de presentación antes de enviar por correo.
- La presión por completar casos ha reducido la disponibilidad de aplazamientos en muchas cortes.