H-3 Aprendiz no inmigrante o visitante de intercambio de educación especial
Permite que un empleador u organización en Estados Unidos traiga a un ciudadano extranjero a EE. UU. para recibir capacitación práctica que no está disponible en el país de origen del aprendiz, para una carrera que se desarrollará en el exterior, o para participar en un programa estructurado de intercambio de educación especial trabajando con niños con discapacidades. Explícitamente no tiene como propósito proporcionar empleo en Estados Unidos.
- Duración
- Hasta 2 años para aprendices; hasta 18 meses para visitantes de intercambio de educación especial.
- Extensiones
- Las extensiones son posibles hasta el máximo aplicable (2 años para aprendices, 18 meses para visitantes de intercambio de educación especial) mediante el Formulario I-129; un programa de capacitación no puede usarse para extender la capacitación práctica previamente autorizada a un estudiante no inmigrante.
- Trabajo
- No es empleo general en Estados Unidos; cualquier trabajo productivo debe ser incidental y necesario para la capacitación misma, no el propósito principal. Los aprendices no pueden ser colocados en puestos dentro de la operación normal del negocio donde se emplea regularmente a ciudadanos o residentes estadounidenses.
- Doble intención
- No
- Dependientes
- El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años pueden acompañar al titular en estatus H-4; no están autorizados a trabajar.
- Camino a la residencia permanente
- No hay vía; la H-3 está diseñada explícitamente para capacitación orientada a una carrera que se desarrollará fuera de Estados Unidos y no admite la doble intención ni una vía hacia la residencia permanente.
- Tiempo de trámite
- Procesamiento estándar en los centros de servicio de USCIS; hay trámite prioritario disponible para una decisión en 15 días hábiles por $2,965.
- Cupo anual y filas de espera
- Visitantes de intercambio de educación especial: límite de 50 aprobaciones por año fiscal (según se informa, alcanzado para el año fiscal 2026 conforme a la alerta actual de USCIS, y el programa ahora acepta peticiones para el año fiscal 2027 con fechas de inicio del 1 de octubre de 2026). Aprendices comunes: sin límite numérico.
Quién califica
- Vía de aprendiz: una persona invitada a recibir capacitación (en agricultura, comercio, comunicaciones, finanzas, gobierno, transporte u otro campo) que no está disponible en su país de origen y que beneficiará una carrera desarrollada fuera de Estados Unidos
- Vía de visitante de intercambio de educación especial: una persona próxima a completar, o que ya posee, una licenciatura o un título superior en educación especial, o con amplia capacitación o experiencia previa enseñando a niños con discapacidades
- No es para personas que ya poseen conocimientos sustanciales en el campo propuesto, o cuyo propósito real es cubrir personal en el país o extender una capacitación práctica estudiantil anterior
Requisitos
- Declaración detallada del programa de capacitación que cubra la supervisión, la estructura, la proporción entre tiempo productivo y tiempo de aula, el beneficio para la carrera en el exterior y por qué la capacitación no está disponible en el país de origen
- El programa no puede limitarse a generalidades, carecer de un cronograma u objetivos fijos, ser incompatible con el negocio del peticionario, ni existir principalmente para dotar de personal a operaciones en Estados Unidos
- El peticionario debe demostrar que cuenta con las instalaciones físicas y el personal capacitado para brindar realmente la capacitación descrita
- Para los visitantes de intercambio de educación especial, la institución debe contar con personal capacitado profesionalmente y un programa estructurado, y cualquier cuidado custodial de niños debe ser incidental a la capacitación
Cómo solicitar
- 1
El empleador u organización en Estados Unidos prepara una declaración detallada del programa de capacitación que cumpla con todos los criterios reglamentarios
- 2
El empleador u organización presenta el Formulario I-129 ante USCIS, incluyendo la declaración y pruebas de respaldo sobre las instalaciones, el personal y la estructura del programa
- 3
Una vez aprobada la petición, el aprendiz solicita una visa H-3 en el exterior (si se requiere) y pide admisión en un puerto de entrada
Tarifas y formularios
| Tarifa de presentación del Formulario I-129, clasificación H-3 | $1,015; $510 for a small employer (25 or fewer full-time-equivalent employees) or a nonprofit. One petition may cover up to 25 beneficiaries. |
| Tarifa del Programa de Asilo (Asylum Program Fee) | $600 / $300 (small entity) / $0 (nonprofit), applies to all Form I-129 classifications |
| Trámite prioritario (Formulario I-907, opcional) | $2,965 (effective March 1, 2026) |
| Tarifa de solicitud de visa de no inmigrante (MRV), categoría basada en petición | $205.00 |
| Tarifa de Integridad de Visa (Ley Pública 119-21 sec. 100007) | $250 statutory minimum, inflation adjusted. Enacted July 4, 2025 but absent from the State Department Schedule of Fees for Consular Services as of September 2026 (unverified whether collected at any given post). |
Qué cambió en 2025 y 2026
- informado en la alerta actual de USCIS (página actualizada por última vez el 2026-08-28): USCIS alcanzó el límite de 50 personas para visitantes de intercambio de educación especial del año fiscal 2026 (1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026) y está cerrando administrativamente las peticiones para ese período, mientras acepta peticiones para el año fiscal 2027 con fechas de inicio del 1 de octubre de 2026
- 2025-09-02 / actualizado 2025-10-01: La política restringida de exención de entrevista del Departamento de Estado se aplica a los solicitantes H-3, exigiendo por lo general una entrevista en persona sin ninguna excepción específica para H-3 (a diferencia de la creada para las renovaciones H-2A)
Dónde suele fallar
- Diseñar un programa de capacitación que en realidad es un arreglo encubierto de dotación de personal; USCIS rechaza explícitamente los programas destinados a reclutar y capacitar trabajadores para finalmente cubrir puestos en Estados Unidos
- Peticionar por alguien que ya tiene conocimientos sustanciales en el campo, lo cual debilita la demostración requerida de que la capacitación es genuinamente necesaria
- Tratar la H-3 como una visa de trabajo general; todo empleo productivo debe ser incidental a la capacitación, no el objetivo de la colocación
- Las peticiones de visitantes de intercambio de educación especial están limitadas a solo 50 por año a nivel nacional, por lo que el límite puede alcanzarse mucho antes del fin del año fiscal
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