El 5 de junio de 2026, el juez presidente John McConnell, del Distrito de Rhode Island, resolvió que las políticas bajo las cuales USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos) había dejado de decidir casos de nacionales de unos 39 países eran ilegales, y las anuló conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo. El caso es Dorcas International Institute of Rhode Island v. USCIS, presentado en marzo por agencias de reasentamiento, organizaciones comunitarias y dos sindicatos. La opinión tiene 135 páginas. La sentencia final parcial se dictó el 11 de junio y entró en vigor de inmediato, en toda la agencia.
Para quien haya leído el artículo de diciembre de este sitio sobre la suspensión, la decisión es el desenlace esperado.
Qué fue anulado
Tres documentos. La alerta de política del 27 de noviembre de 2025 que convirtió el país de origen en un factor negativo en toda decisión discrecional. El Memorando de Política PM-602-0192 del 2 de diciembre, que dejó en suspenso toda solicitud de asilo pendiente en el país y congeló todas las solicitudes de beneficios de nacionales de los diecinueve países incluidos en la prohibición de viaje de junio de 2025, con una nueva revisión de las aprobaciones otorgadas desde enero de 2021. Y el PM-602-0194 del 1 de enero de 2026, que extendió la congelación y la nueva revisión a los veinte países añadidos por la prohibición de viaje ampliada.
La corte resolvió el caso mediante mociones cruzadas de juicio sumario tras una audiencia el 21 de mayo, lo cual importa: se trata de un fallo sobre el fondo, no de una orden preliminar. Anuló las políticas, pero se abstuvo de emitir una medida cautelar permanente y dejó sin resolver algunos reclamos constitucionales.
Qué exige la orden
USCIS debe tratar los tres documentos como sin efecto y reanudar la adjudicación ordinaria para todas las personas que abarcaban. Eso es todo. La orden no exige que se apruebe ninguna solicitud. No afecta las prohibiciones de viaje en sí, que restringen la entrada desde el exterior y fueron emitidas bajo una autoridad distinta. No alcanza la pausa separada del Departamento de Estado sobre visas de inmigrante para unos 75 países. Un nacional de Nigeria que se encuentre dentro de Estados Unidos con una solicitud de residencia permanente pendiente ahora recibirá una decisión; un nacional de Nigeria en el consulado de Lagos no recibirá una visa.
USCIS dijo en una alerta que está "en fuerte desacuerdo" con el fallo y que cumplirá mientras busca su revisión. Presentó un aviso de apelación ante el Primer Circuito el 12 de junio y, el 18 de junio, pidió a la corte de distrito una suspensión de emergencia mientras dure la apelación. La respuesta en oposición vence el 6 de julio. Al momento de escribir esto no se había concedido ninguna suspensión.
Cómo llegamos aquí
La suspensión ya se había empezado a resquebrajar antes del fallo. El 30 de marzo, USCIS reanudó las decisiones de asilo para nacionales de países que no estaban en las listas, y luego eximió a médicos, a algunas categorías de permisos de trabajo y a casos de adopción, mientras la congelación central se mantenía. Antes hubo dos medidas cautelares más limitadas, en Maryland y Massachusetts, cada una cubriendo solo a los demandantes nombrados, unos pocos cientos de personas en total. Dorcas es la primera decisión que alcanza a todos.
El rezago que deja
Las cifras reunidas a partir de datos de USCIS por analistas externos sitúan el número de solicitudes afectadas por encima de dos millones, más de un millón de ellas casos de asilo, con más de mil millones de dólares en cuotas cobradas por trámites que no recibieron decisión alguna. Esos casos no se resuelven porque un juez haya firmado una orden. Vuelven a filas que ya eran largas antes de la suspensión y que ahora lo son más, en una agencia que ha pasado seis meses reasignando a sus oficiales a nuevas revisiones en lugar de a adjudicaciones.
Qué esperar
- Movimiento, lento. La naturalización, el ajuste de estatus, el asilo, las peticiones familiares y los permisos de trabajo que estaban congelados deberían empezar a moverse. Espere meses, no semanas.
- Avisos que ya ha visto. Citas de entrevista, solicitudes de evidencia, citas biométricas. Las medidas de verificación que USCIS adoptó junto con la suspensión, incluidas las revisiones ampliadas de redes sociales y de finanzas y las nuevas entrevistas, no fueron anuladas y siguen vigentes.
- Incertidumbre en la apelación. Si el Primer Circuito concede una suspensión, la congelación regresa. Lo que se haya decidido en el intervalo se mantiene; lo que siga pendiente se detiene de nuevo.
Qué hacer
- No actúe de forma precipitada. La orden lo ayuda al obligar a la agencia a actuar; no le exige a usted actuar.
- Conserve prueba de cada trámite pendiente y de cada cuota pagada. Si el cobro de cuotas en casos no decididos llega a convertirse en un reclamo vigente, los recibos son la evidencia.
- Responda a cualquier aviso de manera pronta y completa. Un caso que avanza ahora podría no volver a avanzar si la apelación prospera.
- Mantenga su dirección actualizada y consulte a un abogado antes de viajar o antes de presentar cualquier trámite nuevo que dependa de que las políticas anuladas sigan anuladas.
La conclusión de la corte fue que la agencia no podía legalmente dejar de decidir casos con base en la nacionalidad. La respuesta de la agencia es que reanudará las decisiones, bajo protesta, hasta que se le indique lo contrario. Para las personas que están en la fila, ese es el mejor resultado disponible y también uno incompleto.