New York · est. 2013Saturday, September 5, 2026
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Corte de inmigración en 2026: cómo verificar su audiencia, qué pasa si falta y qué cambió en el edificio de la corte

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Las cortes de inmigración pertenecen al Departamento de Justicia, no al DHS, y son el foro en el que finalmente se deciden la mayoría de los casos en disputa: asilo tras una remisión de USCIS, cancelación de remoción y toda defensa contra la deportación. A comienzos de 2026 están sometidas a una presión sin precedentes en su historia.

Las cifras

El rezago activo superó los tres millones de casos en 2025 y allí se ha mantenido; más de dos millones de esos expedientes contienen una solicitud de asilo a la espera de audiencia. Los casos completados han aumentado marcadamente, y la abrumadora mayoría de ellos termina en una orden de deportación o en salida voluntaria. Los cinco condados con mayor cantidad de casos pendientes son Miami-Dade, Cook, Queens, Los Angeles y Kings.

El cuerpo de jueces se ha reducido mientras el calendario crecía. El 4 de febrero de 2025 las cortes tenían 726 adjudicadores permanentes, 683 jueces y 43 jueces principales adjuntos, distribuidos en 75 cortes. Para el 23 de febrero de 2026 la cifra era de 553, incluso después de nuevas contrataciones. Casi cien jueces fueron removidos en 2025, y las remociones han continuado este año. Doce cortes perdieron más de la mitad de sus jueces; dos se quedaron sin ninguno.

Cómo verificar una audiencia

Tres herramientas, todas gratuitas.

  • ACIS, el sistema automatizado de información de casos, en acis.eoir.justice.gov. Ingrese el número A. Muestra la fecha, la hora y el lugar de la próxima audiencia únicamente del caso más reciente.
  • La línea telefónica: 1-800-898-7180. La misma información, por teléfono, en inglés y en español.
  • Respondent Access, en respondentaccess.eoir.justice.gov, que permite a una persona sin representación presentar formularios directamente ante la corte, incluido el EOIR-33 de cambio de domicilio.

Verifique antes de cada audiencia, incluido el día anterior. Las fechas cambian, y un aviso enviado a un domicilio antiguo sigue siendo un aviso válido.

Faltar a una audiencia

Bajo INA 240(b)(5), un juez puede ordenar la deportación in absentia si el DHS demuestra con evidencia clara, inequívoca y convincente que se dio aviso por escrito y que la persona es deportable. No existe una segunda oportunidad incorporada; la orden es final cuando se firma.

Se puede reabrir. Una moción para reabrir basada en circunstancias excepcionales, que la ley limita a maltrato físico o crueldad extrema, o enfermedad grave o muerte de la persona o de un familiar inmediato, debe presentarse dentro de los 180 días siguientes a la orden. Una moción basada en la falta de aviso adecuado, o en encontrarse bajo custodia federal o estatal sin culpa propia, puede presentarse en cualquier momento. Solo se permite una moción de este tipo, y presentarla suspende automáticamente la deportación. Las mociones ordinarias para reabrir una orden final tienen un límite de 90 días.

La diferencia entre 180 días y ningún plazo depende del fundamento, y el fundamento depende de hechos que deben probarse. Una persona con una orden in absentia debería consultar a un abogado la misma semana en que se entera de ella.

El edificio de la corte

El 20 de mayo de 2025 ICE adoptó una táctica que cambió el carácter del edificio. Los abogados del gobierno piden que se desestime el caso de la persona; una vez que el juez lo concede, agentes de ICE que esperan afuera de la sala arrestan a la persona para someterla a deportación expedita, que ofrece muchas menos protecciones que el proceso recién desestimado. Registros obtenidos mediante litigio muestran que las mociones orales de desestimación aumentaron más de seis veces el día en que comenzó la práctica, y que se presentaron más de 6,600 mociones de ese tipo entre mayo y julio de 2025.

Dos demandas la impugnan: Immigrant ARC v. DOJ en el Distrito de Columbia, presentada en nombre de doce personas arrestadas de esta manera, y una demanda de FOIA de LatinoJustice en el Distrito Sur de Nueva York que busca obtener las directrices detrás de la práctica. Ninguna ha producido un fallo sobre la práctica en sí.

Hasta que eso ocurra, cualquier persona con una audiencia debe asumir que ICE puede estar presente y planificar en consecuencia: un abogado en la sala, un familiar afuera con copias de todo, y la clara comprensión de que una moción de desestimación no es una buena noticia.

Qué hacer

  1. Consulte ACIS o la línea telefónica antes de cada audiencia.
  2. Presente el EOIR-33 el mismo día en que se mude. Un aviso que no le llegó es su problema, no el de la corte.
  3. Si no puede asistir, informe a la corte por escrito con anticipación, con el motivo y la evidencia.
  4. Si recibe una orden in absentia, cuente los días desde la fecha de la orden y consulte a un abogado de inmediato.
  5. Asista. Cualesquiera que sean los riesgos del edificio de la corte, el riesgo de no presentarse es una orden de deportación que lo seguirá por el resto de su vida.

Las cortes fueron creadas para un calendario diez veces menor que este. Se les pide que lo despejen más rápido con menos jueces, y las personas que comparecen ante ellas cargan con la diferencia.

Información general, no asesoría legal.

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