New York · est. 2013Saturday, September 5, 2026
Inside Immigration

Plain-language guides to US immigration, asylum and USCIS procedure.

Visas · Crime victim

U Víctima de actividad delictiva, U-1 a U-5

El estatus de no inmigrante U protege a las víctimas de ciertos delitos que sufrieron abuso físico o mental sustancial y que han sido, son o es probable que sean útiles para las autoridades del orden público en la investigación o el enjuiciamiento del delito. Otorga cuatro años de estatus, autorización de trabajo y una vía hacia la residencia permanente. El límite anual de 10,000 ha generado un rezago que se mide en años, el cual el proceso de determinación de buena fe (bona fide determination) mitiga parcialmente al otorgar acción diferida y autorización de trabajo mientras las personas esperan.

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Duración
Cuatro años a partir del otorgamiento del estatus de no inmigrante U.
Extensiones
Disponible en circunstancias limitadas: a solicitud de las autoridades del orden público, por circunstancias excepcionales, por demoras en el trámite consular, o automáticamente al presentar y mantener pendiente una solicitud de ajuste de estatus.
Trabajo
Sí. El principal U-1 está autorizado para trabajar por incidente al estatus y recibe un EAD automáticamente una vez aprobada la petición, sin necesidad de presentar el Formulario I-765. Los derivados dentro de los Estados Unidos también están autorizados por incidente al estatus, pero deben presentar el Formulario I-765 para obtener la tarjeta. La autorización de empleo para ambos solo puede emitirse después de que se apruebe la petición subyacente. Por separado, los peticionarios con una petición de buena fe pendiente, o incluidos en la lista de espera, pueden obtener acción diferida y un EAD presentando el Formulario I-765; no hay cuota por el EAD inicial de determinación de buena fe o de lista de espera, ni por su renovación.
Doble intención
limitada - el estatus U es humanitario y conlleva una vía legal de ajuste conforme a INA 245(m), por lo que se espera que se busque la residencia permanente. La intención de salir del país no forma parte del análisis.
Dependientes
Si usted es menor de 21 años, puede peticionar por un cónyuge, hijos, padres y hermanos solteros menores de 18 años. Si tiene 21 años o más, puede peticionar por un cónyuge e hijos. Use el Formulario I-918 Suplemento A, presentado junto con su petición o posteriormente. La petición del principal debe ser aprobada antes de que los familiares sean elegibles para el estatus derivado. Los familiares no se cuentan dentro del límite de 10,000.
Camino a la residencia permanente
Ajuste de estatus conforme a INA 245(m) después de tres años de presencia física continua en estatus U, siempre que usted no se haya negado de manera irrazonable a colaborar con las autoridades del orden público. El Formulario I-485 está exento de cuota para los no inmigrantes U. El Formulario I-929 existe para peticionar por un familiar calificado que nunca tuvo estatus U derivado, y también está exento de cuota.
Tiempo de trámite
Largos, y la cifra publicada no significa lo que parece. La mediana publicada para el Formulario I-918 fue de 18.5 meses para el año fiscal 2026 hasta el 30 de junio de 2026, frente a 46.1 meses en el año fiscal 2024, pero esa caída es un cambio de medición y no un servicio más rápido. La nota al pie 7 de la página de tiempos históricos de procesamiento de USCIS indica que a partir del año fiscal 2022 la cifra se mide desde la recepción hasta la revisión de la determinación de buena fe (bona fide determination), cuando antes se medía hasta la determinación de la lista de espera. Ninguna de las dos mide el tiempo hasta obtener una visa. La espera real para una concesión U-1 la fija el tope de 10,000: a partir del 1 de octubre de 2025 USCIS estaba aprobando peticiones presentadas el 30 de abril de 2017 o antes, es decir, aproximadamente ocho años y medio atrás. Mientras tanto, los procesos de determinación de buena fe y de lista de espera otorgan acción diferida y autorización de empleo. No use la página U Nonimmigrant Status Program Updates para obtener información actual: se revisó por última vez en mayo de 2017 y sus dos entradas son anteriores por completo al proceso de determinación de buena fe.
Cupo anual y filas de espera
10,000 visas U al año para peticionarios principales. Los familiares calificados no están sujetos al límite. Cuando se alcanza el límite, USCIS crea una lista de espera y otorga acción diferida o parole más elegibilidad para autorización de trabajo a quienes están en ella

Quién califica

  • U-1: la víctima principal de la actividad delictiva calificada
  • U-2: cónyuge de un U-1
  • U-3: hijo de un U-1
  • U-4: padre o madre de un U-1 menor de 21 años
  • U-5: hermano soltero menor de 18 años de un U-1 que es menor de 21 años
  • Los delitos calificados incluyen violencia doméstica, agresión sexual, violación, incesto, agresión con agravantes, secuestro, sustracción de menores, privación ilegal de la libertad, servidumbre involuntaria, trata de personas, chantaje, extorsión, fraude en la contratación de mano de obra extranjera, mutilación genital femenina, toma de rehenes, homicidio no premeditado, asesinato, obstrucción de la justicia, peonaje, perjurio, prostitución, explotación sexual, comercio de esclavos, acecho, tortura, restricción criminal ilegal, manipulación de testigos, y actividades similares o relacionadas, incluidos la tentativa, la conspiración y la instigación

Requisitos

  • Usted fue víctima de una actividad delictiva calificada
  • Usted sufrió abuso físico o mental sustancial como resultado
  • Usted tiene información sobre la actividad delictiva, o un padre, tutor o amigo cercano (next friend) la posee por usted si es menor de 16 años o no puede proporcionarla debido a una discapacidad
  • Usted fue, es o es probable que sea útil para las autoridades del orden público en la investigación o el enjuiciamiento
  • El delito ocurrió en los Estados Unidos o violó la ley estadounidense
  • Usted es admisible, o presenta el Formulario I-192 para solicitar un perdón
  • Formulario I-918 con el Formulario I-918 Suplemento B firmado por un funcionario autorizado de la agencia del orden público certificadora
  • Desde el 30 de marzo de 2026, los solicitantes de la visa U en el exterior están sujetos a una revisión ampliada de su presencia en línea

Cómo solicitar

  1. 1

    Obtenga el Formulario I-918 Suplemento B firmado por un funcionario autorizado de la agencia del orden público certificadora, confirmando que usted fue, es o es probable que sea útil

  2. 2

    Prepare una declaración personal y evidencia del abuso físico o mental sustancial

  3. 3

    Presente el Formulario I-918 ante el Vermont Service Center sin cuota, usando una dirección segura si su domicilio no es seguro

  4. 4

    Presente junto con él el Formulario I-192 si necesita un perdón de inadmisibilidad; es gratuito para los peticionarios U

  5. 5

    Presente el Formulario I-765 simultáneamente para que USCIS pueda actuar con eficiencia cuando llegue el turno de su caso para la determinación de buena fe; no hay cuota por ese EAD inicial

  6. 6

    Presente el Formulario I-918 Suplemento A por cada familiar calificado, al mismo tiempo o posteriormente

  7. 7

    Los familiares en el exterior completan el Formulario DS-160 y realizan el trámite consular una vez aprobada la petición del principal

  8. 8

    Después de tres años en estatus U, presente el Formulario I-485 para ajustar su estatus, sin costo

Tarifas y formularios

Formulario I-918, petición de estatus de no inmigrante U$0
Formulario I-918 Suplemento A, para un familiar calificado$0
Formulario I-918 Suplemento B, certificación de las autoridades del orden público$0
Formulario I-192, perdón de inadmisibilidad$0 for U petitioners; U petitioners and U nonimmigrants are fee exempt on all forms through adjustment of status
Formulario I-765 para un EAD por determinación de buena fe o lista de espera, inicial o de renovación$0
Formulario I-929, petición por un familiar calificado de un U-1$0
Formulario I-485, ajuste de estatus como no inmigrante U$0
Formulario I-131, documento de viaje para alguien con un Formulario I-918 aprobado$0
Formulario I-539 para extender el estatus U$0 for U nonimmigrants
Cuota MRV de solicitud de visa de no inmigrante para un familiar que solicita en el exterior$185, the non-petition-based tier
I-918I-918 Supplement AI-918 Supplement BI-192I-765I-929I-485I-131I-539DS-160

Qué cambió en 2025 y 2026

  • El proceso de determinación de buena fe otorga acción diferida y autorización de empleo a los peticionarios con un Formulario I-918 pendiente y de buena fe que merecen un ejercicio favorable de discreción. USCIS no cobra ningún costo por el EAD inicial de la determinación de buena fe, ninguno por el EAD de la lista de espera, y ninguno por renovar cualquiera de los dos. Los peticionarios que ya presentaron un Formulario I-765 pagado bajo (a)(20) o (c)(14) no pueden obtener el reembolso de ese costo, pero sí pueden solicitar que el caso sea convertido.
  • El proceso de determinación de buena fe es una política de USCIS y no una reglamentación. Fue creado por la alerta de política PA-2021-13 el 14 de junio de 2021 conforme a INA 214(p)(6), y ampliado el 11 de agosto de 2023 para cubrir a los familiares calificados una vez que el principal recibe una determinación de buena fe, incluso cuando el principal no ha presentado el Formulario I-765. Sigue vigente, con el Volumen 3 Parte C del Policy Manual actualizado al 31 de agosto de 2026.
  • 4 de febrero de 2025: USCIS suspendió la adjudicación simplificada de determinaciones de buena fe que había operado desde finales de 2023, bajo la cual el análisis de datos seleccionaba ciertas peticiones del Formulario I-918 para un trámite más rápido. Las determinaciones de buena fe continúan, pero sin ese acelerador.
  • 9 de septiembre de 2025: USCIS alcanzó el tope legal de 10,000 del año fiscal 2025, como lo ha hecho cada año desde el año fiscal 2010. A partir del 1 de octubre de 2025 reanudó la aprobación de peticiones principales comenzando con las presentadas el 30 de abril de 2017 o antes, de la más antigua a la más reciente. Eso equivale a aproximadamente ocho años y medio desde la presentación hasta una concesión U-1. No está verificado si el tope del año fiscal 2026 ya se alcanzó; la alerta de USCIS todavía muestra el aviso del año fiscal 2025.
  • El rezago es la característica que define esta categoría. Según los datos trimestrales de USCIS, al 31 de marzo de 2026 había 277,400 peticiones principales U-1 pendientes y 183,800 peticiones de familiares, 461,200 en total, frente a 10,000 visas principales al año. Las peticiones principales pendientes aumentaron de 189,381 al cierre del año fiscal 2022 a 277,400 a mediados del año fiscal 2026. Los resultados de las determinaciones de buena fe también se están endureciendo: 72,438 concedidas frente a 12,741 declaradas inelegibles en el año fiscal 2024, 57,909 frente a 19,274 en el año fiscal 2025, y 8,785 frente a 4,575 en la primera mitad del año fiscal 2026.
  • 22 de diciembre de 2025: la alerta de política PA-2025-34 de USCIS reescribió la guía sobre la confidencialidad de 8 U.S.C. 1367 en 1 USCIS-PM A.7 Sección E, con vigencia inmediata y aplicable a las solicitudes pendientes o presentadas en esa fecha o después. Permite que DHS considere información proveniente de una fuente prohibida por ley, es decir el abusador o traficante, en circunstancias definidas, y revierte la postura anterior de que las protecciones de 1367 terminan con la naturalización. USCIS reconoce que a un peticionario se le puede negar una solicitud con base en información proporcionada únicamente por el abusador. La página web pública sobre la U todavía contiene el enfoque anterior, así que lea la alerta de política como la declaración vigente.
  • 5 de junio de 2026: DHS propuso una regla, 91 FR 34352, sobre autorización de empleo discrecional, RIN 1615-AC98, con el periodo de comentarios cerrado el 4 de agosto de 2026. Permitiría a USCIS negar un EAD discrecional, incluyendo expresamente un EAD de determinación de buena fe y un EAD de lista de espera para peticionarios U, cuando la persona haya sido arrestada por, acusada sin resolución de, procesada por o condenada por cualquier acto delictivo, admita un delito violento o peligroso, o muestre membresía en una pandilla u organización terrorista, sin excepciones contempladas. Solo propuesta al mes de septiembre de 2026.
  • 3 de noviembre de 2025: la alerta de política PA-2025-25 de USCIS confirmó, tras Sanchez v. Mayorkas, que la concesión de estatus U dentro de Estados Unidos no constituye una admisión para efectos de INA 245(a). Un no inmigrante U que nunca fue inspeccionado y admitido debe ajustar bajo INA 245(m) y no bajo 245(a).
  • 30 de marzo de 2026: el Departamento de Estado amplió la revisión de presencia en línea, anunciada el 25 de marzo de 2026, a los solicitantes A-3, C-3 trabajadores domésticos, G-5, H-3, H-4 dependientes de H-3, K-1, K-2, K-3, Q, R-1, R-2, S, T y U. Esto se suma al requisito del 18 de junio de 2025 para los solicitantes F, M y J y a la extensión del 15 de diciembre de 2025 a H-1B y H-4. A todas las personas incluidas se les indica configurar todos sus perfiles de redes sociales como públicos o abiertos. La U está nombrada en la ampliación de marzo de 2026, por lo que los solicitantes de visa U en el exterior deben configurar sus perfiles de redes sociales como públicos.
  • 1 de octubre de 2025: entró en vigor la reversión de la exención de entrevista anunciada el 18 de septiembre de 2025, que reemplazó la guía del 25 de julio de 2025. Casi todo solicitante de no inmigrante ahora necesita una entrevista en persona. Las excepciones permanentes son A-1, A-2, C-3 distinto del personal doméstico, G-1 a G-4, NATO-1 a NATO-6, TECRO E-1, visas diplomáticas y oficiales, y renovaciones dentro de 12 meses de B-1/B-2, tarjetas de cruce fronterizo mexicanas y H-2A. Los solicitantes elegibles para la exención también deben solicitar en su país de nacionalidad o residencia, nunca deben haber sido rechazados para una visa salvo que se haya superado o dispensado, y no deben tener ninguna inelegibilidad aparente. Se eliminaron las antiguas exenciones por edad para menores de 14 y mayores de 79 años. No se ha emitido ninguna actualización adicional al mes de septiembre de 2026.
  • 15 de julio de 2026: el Departamento de Estado indicó a los solicitantes de no inmigrante que se entrevisten en su país de nacionalidad o residencia, o en el puesto de procesamiento designado si su país no tiene operaciones regulares. Se permite solicitar en otro lugar pero es más difícil calificar, la tarifa MRV no es reembolsable ni transferible, y las esperas son mucho más largas. Los solicitantes A, G, C-2, C-3, NATO y diplomáticos están exentos.
  • 1 de enero de 2026: la Proclamación Presidencial 10998, firmada el 16 de diciembre de 2025, entró en vigor a las 12:01 a.m. EST y reemplazó a la Proclamación 10949 (firmada el 4 de junio de 2025, vigente desde el 9 de junio de 2025). Suspende por completo la emisión de visas a nacionales de 19 países: Afganistán, Burkina Faso, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Laos, Libia, Malí, Níger, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria y Yemen, además de los portadores de documentos de viaje de la Autoridad Palestina, en todas las categorías de no inmigrante e inmigrante. Solo alcanza a las personas que estaban fuera de Estados Unidos y no tenían una visa válida a las 12:01 a.m. EST del 1 de enero de 2026; ninguna visa emitida previamente fue revocada bajo esta proclamación. La suspensión total abarca todas las categorías de no inmigrante, lo que afecta a los familiares derivados que solicitan en el exterior más que a los principales que ya se encuentran en Estados Unidos.
  • 4 de julio de 2025: la Ley Pública 119-21 agregó recargos migratorios no dispensables además de las tarifas normales de presentación. Los que afectan a los no inmigrantes son la tarifa del Formulario I-94, mantenida en $24 para el año fiscal 2026, la tarifa de parole, ajustada a $1,020 para el año fiscal 2026, los recargos de EAD para personas en parole de $560 inicial y $280 de renovación, y una tarifa legal de integridad de visa de al menos $250 sobre la emisión de visas de no inmigrante. La tarifa de integridad de visa de $250 está promulgada pero no está verificado que se esté cobrando: no aparece en ninguna parte del tarifario del Departamento de Estado al mes de septiembre de 2026 y no se ha publicado ninguna regla de implementación. Los peticionarios U siguen exentos de tarifas en todos los formularios hasta el ajuste de estatus.
  • Tarifario vigente de USCIS, Formulario G-1055 edición 05/29/26: los Formularios I-918, I-918 Suplemento A, I-918 Suplemento B e I-929 son todos $0; el Formulario I-485 es $0 para un no inmigrante U que ajusta bajo INA 245(m); el Formulario I-131 es $0 para alguien con un Formulario I-918 aprobado; y el Formulario I-539 es $0 para no inmigrantes U.

Dónde suele fallar

  • Que ninguna agencia certificadora firme el Formulario I-918 Suplemento B. La certificación es discrecional, y sin ella la petición no puede avanzar.
  • Pagar por un Formulario I-765 que habría sido gratuito bajo el proceso de determinación de buena fe o de lista de espera.
  • No presentar el Formulario I-765 junto con la petición, lo que retrasa el EAD de la determinación de buena fe.
  • Esperar que los familiares sean procesados antes de que se apruebe la petición del principal. No pueden serlo.
  • Que un padre U-4 o hermano U-5 quede inelegible porque el principal cumple 21 años durante la larga espera.
  • Usar una dirección particular donde el correo no es seguro cuando USCIS permite expresamente una dirección segura.
  • Confundir la lista de espera con una negación. La colocación en la lista de espera conlleva acción diferida y elegibilidad para autorización de empleo. Desde que se consolidó el proceso de determinación de buena fe, USCIS por lo general no realiza una adjudicación de lista de espera para alguien que ya tiene un EAD de determinación de buena fe y acción diferida.
  • Basarse en la postura anterior sobre confidencialidad. La alerta de política del 22 de diciembre de 2025 permite a USCIS considerar información del abusador en circunstancias definidas, lo cual es un cambio real respecto del enfoque que todavía aparece en la página web pública.
  • Suponer que los cuatro años de estatus durarán más que la espera del ajuste; las extensiones son limitadas y en su mayoría están ligadas a la necesidad de las autoridades del orden público o a un ajuste pendiente.

Fuentes: uscis.gov · travel.state.gov · uscis.gov · uscis.gov · uscis.gov · uscis.gov · uscis.gov · uscis.gov · federalregister.gov · ecfr.gov · uscis.gov · egov.uscis.gov · uscis.gov · travel.state.gov · travel.state.gov · uscis.gov · travel.state.gov · travel.state.gov · travel.state.gov · travel.state.gov

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