New York · est. 2013Saturday, September 5, 2026
Inside Immigration

Plain-language guides to US immigration, asylum and USCIS procedure.

Visas · Exchange visitor

J-1 Visitante de Intercambio

La visa J-1 cubre a personas que vienen a Estados Unidos con un programa de intercambio designado por el Departamento de Estado, desde au pairs y consejeros de campamento hasta profesores visitantes, académicos investigadores, médicos residentes y estudiantes de trabajo y viaje de verano. Un patrocinador designado, no un empleador, controla el programa y emite el Formulario DS-2019 que hace posible la visa. Muchos titulares de J-1 quedan sujetos al requisito de residencia de dos años en el país de origen, que debe cumplirse o dispensarse antes de poder pasar a la mayoría de los demás estatus.

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Duración
Se define por categoría y no por una sola regla. Au pair es 12 meses. Consejero de campamento y trabajo y viaje de verano tienen cada uno un máximo de cuatro meses. Pasante tiene un máximo de 12 meses y aprendiz un máximo de 18 meses. Académico de corto plazo tiene un máximo de seis meses. Maestro funciona con un periodo base de tres años. Profesor y académico investigador tienen un tope de cinco años conforme a 22 CFR 62.20. Un médico en educación o capacitación médica de posgrado tiene un tope de siete años conforme a 22 CFR 62.27, salvo que el Secretario de Estado acepte que el país de origen tiene una necesidad excepcional. Un estudiante universitario que no cursa un título puede permanecer hasta 24 meses. El DS-2019 indica las fechas exactas. A partir del 15 de septiembre de 2026 la admisión será hasta la fecha de finalización del programa en SEVIS y con un tope general de cuatro años, con un periodo de gracia de 30 días para la salida.
Extensiones
Las extensiones se tramitan a través del patrocinador, que modifica el DS-2019 en SEVIS, hasta el máximo reglamentario de la categoría. Una au pair puede extender por 6, 9 o 12 meses adicionales. Un maestro puede extender por uno o dos años. Bajo la regla de periodo fijo vigente desde el 15 de septiembre de 2026, permanecer más allá del tope de admisión de cuatro años requiere el Formulario I-539 ante USCIS, con cuota y biometría, o la salida y una nueva admisión. Superar el máximo de una categoría requiere un nuevo programa, y varias categorías tienen una prohibición de participación repetida.
Trabajo
Sí, pero solo la actividad que el programa autoriza y solo con permiso del patrocinador. Las au pairs trabajan horas de cuidado infantil, los participantes de trabajo y viaje de verano toman empleos de temporada, los académicos realizan la investigación descrita en el DS-2019. El empleo fuera del programa rompe el estatus. No se emite un EAD por separado al titular principal J-1.
Doble intención
falso - J-1 es de intención única, y muchos titulares también están sujetos al requisito de residencia de dos años en el país de origen de la sección 212(e), que bloquea el cambio de estatus, el ajuste de estatus, una visa de inmigrante y las visas H, L y K hasta que se cumpla o se dispense.
Dependientes
El cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años obtienen visas J-2 con sus propios formularios DS-2019, sin cuota adicional de SEVIS. Un cónyuge J-2 puede solicitar a USCIS con el Formulario I-765 la autorización de empleo, aunque los ingresos no pueden usarse para mantener al J-1. Los hijos J-2 pueden asistir a la escuela sin cambiar a F-1. Algunas categorías de programa no permiten dependientes en absoluto.
Camino a la residencia permanente
No hay ruta directa, y 212(e) es el obstáculo. Si aplica el requisito de residencia de dos años en el país de origen, porque el programa fue financiado por un gobierno, involucró capacitación médica de posgrado, o su campo aparece en la Lista de Habilidades de Visitante de Intercambio de su país, debe pasar dos años acumulados en su país o conseguir una dispensa con el Formulario DS-3035 antes de ajustar estatus o tomar una visa de inmigrante. Las bases comunes de dispensa son una declaración de no objeción, una solicitud de una agencia gubernamental interesada, una colocación Conrad 30 para médicos, dificultad excepcional o persecución.
Tiempo de trámite
La aceptación por parte del patrocinador y la emisión del DS-2019 suelen tomar de varias semanas a unos pocos meses. La variable determinante es el tiempo de espera para la entrevista consular, que se alargó de forma considerable tras la reversión de la exención de entrevista de 2025 y la ampliación de la verificación de redes sociales. El procesamiento administrativo bajo la sección 221(g) es común para investigadores académicos y médicos en campos sensibles.
Cupo anual y filas de espera
ninguno para la clasificación, aunque programas individuales como trabajo y viaje de verano y au pair funcionan con asignaciones de los patrocinadores y no con un tope de visas establecido por ley

Quién califica

  • Participantes de au pair y EduCare
  • Consejeros de campamento
  • Visitantes gubernamentales y visitantes internacionales
  • Pasantes y aprendices con un plan de colocación DS-7002
  • Médicos en educación o capacitación médica de posgrado
  • Profesores, académicos investigadores, académicos de corto plazo y especialistas
  • Estudiantes de universidad, instituto superior y escuela secundaria
  • Participantes de trabajo y viaje de verano
  • Maestros

Requisitos

  • Aceptación en un programa administrado por un patrocinador designado por el Departamento de Estado
  • Un certificado de elegibilidad Formulario DS-2019 emitido a través de SEVIS
  • Pago de la cuota I-901 de SEVIS, salvo que el programa la cubra
  • Fondos suficientes, capacidad en inglés y seguro que cumpla los requisitos del patrocinador
  • Una residencia en el extranjero que usted no tiene intención de abandonar
  • Los pasantes y aprendices también necesitan el Formulario DS-7002, el plan de colocación de capacitación o pasantía
  • Perfiles de redes sociales configurados como públicos para la revisión de presencia en línea, exigida a los solicitantes J desde el 18 de junio de 2025
  • Ingreso no antes de 30 días previos a la fecha de inicio del programa

Cómo solicitar

  1. 1

    Postule ante un patrocinador designado por el Departamento de Estado para la categoría de programa que desea

  2. 2

    Sea aceptado y permita que el patrocinador lo registre en SEVIS y emita el Formulario DS-2019

  3. 3

    Pague la cuota I-901 de SEVIS en fmjfee.com una vez que su registro de SEVIS esté activo

  4. 4

    Complete el Formulario DS-160 y pague la cuota MRV de $185, salvo que su programa sea financiado por un gobierno

  5. 5

    Configure todos los perfiles de redes sociales como públicos, exigido a los solicitantes J desde junio de 2025

  6. 6

    Reserve y asista a una entrevista presencial en su país de nacionalidad o residencia con el DS-2019, el DS-7002 si corresponde, comprobante de fondos y evidencia de vínculos en el extranjero

  7. 7

    Ingrese no antes de 30 días previos a la fecha de inicio del DS-2019

  8. 8

    Preséntese ante el patrocinador al llegar para que pueda validar su registro SEVIS

Tarifas y formularios

Cuota MRV de solicitud de visa de no inmigrante$185; no fee for participants in US government funded programmes whose DS-2019 serial number begins G-1, G-2, G-3 or G-7
Cuota I-901 de SEVIS, J estándar$220
Cuota I-901 de SEVIS, categorías J subsidiadas incluidas au pair, consejero de campamento y trabajo y viaje de verano$35
Cuota I-901 de SEVIS, visitante gubernamental$0
Cuota de emisión de visa (reciprocidad)Varies by nationality; waived for US government sponsored exchange visitors
Formulario DS-3035, solicitud de dispensa del 212(e)$120, non-refundable, paid by check or money order rather than Pay.gov, and filed through the J Visa Waiver Online portal; downloaded paper DS-3035 forms are no longer accepted
Formulario I-539 para extender o cambiar estatus dentro de Estados Unidos$470 paper, $420 online
Formulario I-907 de procesamiento prioritario en un Formulario I-539 de J-1 o J-2$2,075
Cuota de integridad de visas de la Ley Pública 119-21$250 statutory minimum; absent from the State Department fee schedule as of September 2026, so collection is unverified

Qué cambió en 2025 y 2026

  • Mayo a junio de 2025: el Departamento de Estado suspendió la programación de nuevas entrevistas F, M y J en todo el mundo mientras desarrollaba la verificación de redes sociales, y luego la reanudó el 18 de junio de 2025 con el requisito de que los solicitantes configuren como públicos todos sus perfiles de redes sociales para una revisión integral de su presencia en línea.
  • 15 de septiembre de 2026: DHS pone fin a la duración del estatus (duration of status) para los no inmigrantes F, J e I. La regla final publicada el 17 de julio de 2026 (documento FR 2026-14439) reemplaza el D/S con un periodo de admisión fijo. Los F y J son admitidos hasta la fecha de finalización del programa en SEVIS, con un tope de cuatro años, más 30 días para salir, y el periodo de gracia posterior a la finalización para F-1 baja de 60 días a 30. Los no inmigrantes I son admitidos por el tiempo necesario para completar la asignación, con un tope de 240 días, o 90 días para titulares de pasaporte de la RPC distinto de los de la RAE de Hong Kong y la RAE de Macao. Las prórrogas requieren el Formulario I-539 ante USCIS o bien salir y volver a ser admitido. Los titulares F y J que ya estén en D/S válido el 15 de septiembre de 2026 conservan su fecha de finalización de programa, con un tope de cuatro años a partir de la fecha de entrada en vigor. Al 5 de septiembre de 2026 la regla ya se publicó pero aún no está en vigor.
  • 1 de enero de 2026: la Proclamación Presidencial 10998, firmada el 16 de diciembre de 2025, entró en vigor a las 12:01 a.m. EST y reemplazó a la Proclamación 10949 (firmada el 4 de junio de 2025, vigente desde el 9 de junio de 2025). Suspende por completo la emisión de visas a nacionales de 19 países: Afganistán, Burkina Faso, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Laos, Libia, Malí, Níger, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria y Yemen, además de titulares de documentos de viaje de la Autoridad Palestina, en todas las categorías de no inmigrante e inmigrante. Solo alcanza a personas que se encontraban fuera de Estados Unidos y no tenían una visa válida a las 12:01 a.m. EST del 1 de enero de 2026; no se revocó bajo ella ninguna visa emitida con anterioridad.
  • 1 de enero de 2026: la PP 10998 también suspende parcialmente la emisión para nacionales de otros 19 países: Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burundi, Costa de Marfil, Cuba, Dominica, Gabón, Gambia, Malaui, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Togo, Tonga, Venezuela, Zambia y Zimbabue, pero solo para visas B-1, B-2, F, M y J además de todas las visas de inmigrante. Turkmenistán está suspendido únicamente para visas de inmigrante. Las categorías H, L, O, P, E, TN, I, R y las demás categorías de trabajo no están dentro de la suspensión parcial. La PP 10998 también eliminó las excepciones de la PP 10949 para visas de inmigrante de familiares inmediatos, visas de adopción y visas de inmigrante especial afgano. J es una de las clasificaciones nombradas dentro de la suspensión parcial, de modo que los solicitantes J de esos 19 países se ven afectados aunque la mayoría de las categorías de trabajo no lo estén.
  • 1 de octubre de 2025: entró en vigor la reversión de la exención de entrevista anunciada el 18 de septiembre de 2025, que sustituyó a la guía del 25 de julio de 2025. Casi todos los solicitantes de no inmigrante ahora necesitan una entrevista presencial. Las excepciones permanentes son A-1, A-2, C-3 salvo personal doméstico, G-1 a G-4, NATO-1 a NATO-6, TECRO E-1, visas diplomáticas y oficiales, y renovaciones dentro de 12 meses de B-1/B-2, tarjetas de cruce fronterizo mexicanas y H-2A. Los solicitantes elegibles para la exención además deben solicitar en su país de nacionalidad o residencia, nunca haber recibido una negación de visa a menos que se haya superado o dispensado, y no tener ninguna inelegibilidad aparente. Se eliminaron las antiguas exenciones por edad para menores de 14 y mayores de 79 años. No se ha emitido ninguna actualización adicional al mes de septiembre de 2026.
  • 15 de julio de 2026: el Departamento de Estado indicó a los solicitantes de no inmigrante que se entrevisten en su país de nacionalidad o residencia, o en el puesto de procesamiento designado si su país no tiene operaciones de rutina. Se permite solicitar en otro lugar pero es más difícil calificar, la tarifa MRV no es reembolsable ni transferible, y las esperas son mucho más largas. Los solicitantes A, G, C-2, C-3, NATO y diplomáticos están exentos.
  • Desde el 8 de julio de 2025: el Departamento de Estado redujo la vigencia de las visas de no inmigrante para varias nacionalidades africanas a una sola entrada y tres meses. Nigeria, Camerún y Etiopía siguen con términos de una sola entrada y tres meses para las categorías B, F y H en la tabla de reciprocidad al mes de septiembre de 2026; Ghana fue restituida a una vigencia de varios años. Consulte la tabla de reciprocidad por país en lugar de asumir la vigencia estándar.
  • 4 de julio de 2025: la Ley Pública 119-21 agregó recargos migratorios no dispensables además de las tarifas normales de presentación. Los que afectan a los no inmigrantes son la tarifa del Formulario I-94, mantenida en $24 para el año fiscal 2026, la tarifa de parole, ajustada a $1,020 para el año fiscal 2026, los recargos de EAD para personas con parole de $560 inicial y $280 de renovación, y una tarifa legal de integridad de visa de al menos $250 sobre la emisión de visas de no inmigrante. La tarifa de integridad de visa de $250 está promulgada pero no se ha verificado su cobro: no aparece en ninguna parte de la tabla de tarifas del Departamento de Estado al mes de septiembre de 2026 y no se ha publicado ninguna regla de implementación.
  • Los niveles de tarifas publicados al mes de septiembre de 2026 siguen siendo $220 para el J estándar y $35 para las categorías subsidiadas de au pair, consejero de campamento y trabajo y viaje de verano.
  • La Lista de Habilidades para Visitantes de Intercambio (Exchange Visitor Skills List) que activa el requisito de residencia de dos años en el país de origen bajo 212(e) fue revisada por última vez en 2024, y la lista de 2024 es a la que el Departamento de Estado remite a los solicitantes.

Dónde suele fallar

  • No revisar la casilla de 212(e) en el DS-2019 y descubrir el requisito de residencia de dos años en el país de origen solo cuando ya está en juego una green card o una H-1B.
  • La Lista de Habilidades es nacional, no personal. La determinan su campo de estudio o trabajo junto con su país de nacionalidad o última residencia. Consulte la lista de 2024, no una anterior: muchas personas que estaban sujetas bajo la lista previa, incluidos nacionales chinos e indios, quedaron fuera de ella el 9 de diciembre de 2024, y el alivio es retroactivo.
  • Suponer que la Lista de Habilidades de 2024 lo libera por completo. El financiamiento gubernamental y la educación médica de posgrado son detonantes separados e independientes del 212(e) que la revisión de la lista no modificó.
  • Trabajar fuera del programa, incluido un segundo empleo o trabajo por encargo, termina el estatus de inmediato.
  • Prohibiciones de participación repetida. Por lo general, un investigador académico no debe haber estado físicamente presente en Estados Unidos en estatus J durante todo o parte de los 12 meses inmediatamente anteriores al inicio del programa, y un profesor no debe haber completado un programa de profesor en los 24 meses previos.
  • No se permite llegar con más de 30 días de anticipación a la fecha de inicio del DS-2019 con una visa J.
  • Cónyuges J-2 que comienzan a trabajar antes de que se apruebe el EAD del Formulario I-765.
  • Los patrocinadores, no los empleadores, controlan el estatus. Dejar una colocación sin avisar al patrocinador termina el registro SEVIS.
  • Las cuentas privadas de redes sociales ahora provocan negaciones o procesamientos administrativos prolongados.
  • A partir del 15 de septiembre de 2026 el tope de admisión de cuatro años afecta a los programas largos de investigación y de médicos que antes se extendían de forma indefinida bajo D/S.

También en Exchange visitor

Fuentes: travel.state.gov · uscis.gov · ice.gov · travel.state.gov · federalregister.gov · federalregister.gov · uscis.gov · congress.gov · travel.state.gov · j1visa.state.gov · ecfr.gov · ecfr.gov · ecfr.gov · travel.state.gov · uscis.gov · travel.state.gov · travel.state.gov · travel.state.gov · travel.state.gov · federalregister.gov

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