New York · est. 2013Sunday, September 6, 2026
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Tarjetas de residencia por matrimonio en 2026: presentación conjunta, el expediente de buena fe, la entrevista por separado y la tarjeta de dos años

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La guía sobre peticiones familiares del sitio cubre quién puede pedir a quién, la tabla de tarifas y la guía de agosto de 2025. Este artículo toma una sola relación, el matrimonio, desde la presentación hasta la eliminación de condiciones, con las reglas tal como están en septiembre de 2026.

Dos cónyuges, dos calendarios

El cónyuge de un ciudadano de Estados Unidos es un familiar inmediato. No se necesita número de visa, y la petición I-130 y la solicitud de ajuste I-485 siempre pueden presentarse juntas. El solicitante debe estar dentro del país tras una admisión legal o un parole; un cónyuge en el extranjero pasa por el consulado.

El cónyuge de un residente permanente legal está en la categoría de preferencia F2A y espera el Boletín de Visas. La presentación conjunta se permite solo cuando la fecha de prioridad supera la tabla que USCIS reconoce ese mes. Para septiembre de 2026 USCIS está reconociendo la tabla de Fechas para Presentar para los casos familiares, y el boletín de septiembre muestra F2A como vigente para presentación en todos los países. El cónyuge de un residente con un I-130 archivado, o que presente uno ahora, puede presentar el I-485 junto con él. La aprobación espera la Fecha de Acción Final, el 22 de agosto de 2026 para la mayoría de los países y el 22 de agosto de 2025 para México, una fecha que avanzó un mes completo entre los boletines de agosto y septiembre. La mecánica de las dos tablas está en la guía del Boletín de Visas.

Cuánto cuesta

Conforme a la regla de tarifas vigente desde el 1 de abril de 2024, el I-130 cuesta $675 en papel o $625 en línea, y el I-485 $1,440, con los datos biométricos incluidos. El permiso de trabajo y el documento de viaje ya no son gratuitos con la solicitud de ajuste. La página del I-485 de USCIS enuncia la regla por fecha: un I-485 presentado entre el 30 de julio de 2007 y el 1 de abril de 2024 incluía el I-765 y el I-131 sin cargo adicional; uno presentado desde entonces no. El I-765 cuesta $520 en papel o $470 en línea, el I-131 $630. Una pareja que presenta todo en papel paga $3,265; una pareja que omite el documento de viaje paga $2,635. Dos años después el I-751 cuesta $750.

Hay un plazo dentro de la cuestión de las tarifas. El 18 de septiembre de 2026 USCIS publica una nueva edición del I-485 vinculada a la regla de carga pública, sin período de gracia: las ediciones del 01/20/25 y del 09/04/26 serán rechazadas si tienen matasellos de esa fecha o posterior, y solo se aceptará la edición del 09/18/26. Quien esté armando un paquete en septiembre debe revisar la edición antes de cerrar el sobre.

Probar el matrimonio

Desde el 17 de octubre de 2025 el capítulo sobre cónyuges del Manual de Políticas exige que el peticionario demuestre que el matrimonio "fue de buena fe desde el inicio del matrimonio", es decir, contraído de buena fe con la intención de construir una vida en común y no de evadir la ley de inmigración, y que lo demuestre antes de que se apruebe la petición y no en la entrevista. La carga es del peticionario. USCIS dice que revisa la buena fe dos veces, una en el I-130 y otra en el I-485.

La evidencia que USCIS nombra es la misma lista que aparece en las instrucciones del I-130 y en 8 CFR 204.2: documentos que muestren propiedad conjunta de bienes; un contrato de arrendamiento que muestre la tenencia conjunta de una residencia común; documentos que muestren la mezcla de finanzas; actas de nacimiento de hijos; y declaraciones juradas de terceros con conocimiento personal, cada una con el nombre completo del declarante, dirección, fecha y lugar de nacimiento, y cómo adquirió el conocimiento.

Un matrimonio contraído mientras el cónyuge extranjero está en proceso de deportación es un caso especial. El reglamento ordena negar la petición salvo que la pareja pruebe que el matrimonio es de buena fe bajo la exención de INA 245(e)(3); la negación no impide una nueva petición después de que el beneficiario haya vivido fuera de Estados Unidos durante dos años tras el matrimonio.

La entrevista

La regla del Manual de Políticas para el ajuste no ha cambiado: todos los solicitantes son entrevistados salvo que USCIS lo dispense, y en un caso familiar generalmente se exige que asista el cónyuge peticionario. Las categorías en las que un oficial puede dispensar la entrevista son padres e hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos, hijos pequeños de residentes y solicitantes que son claramente inelegibles. Los cónyuges nunca han estado en esa lista. Puede excusarse la asistencia de un peticionario militar o encarcelado; la del solicitante no.

Lo que cambió en la práctica es la dispensa. Los practicantes reportan que las oficinas locales en 2026 están programando entrevistas presenciales para casi todos los I-485, que las dispensas de años anteriores desaparecieron y que los avisos en oficinas de alto volumen como Nueva York llegan de 12 a 18 meses después de la presentación. No se pudo localizar ningún memorando de USCIS que anuncie un requisito universal de entrevista, y ninguno haría falta: el manual siempre se reservó la discreción, y los reportes describen a la agencia dejando de ejercerla.

El capítulo sobre el I-130 añade una lista de casos en los que una entrevista sobre la propia petición es obligatoria: evidencia insuficiente de buena fe, un expediente que sugiera que el matrimonio no es genuino, evidencia confiable que siga faltando tras una solicitud de evidencia, y cualquier caso de cónyuge en que una primera entrevista deje la cuestión abierta. El capítulo sobre cónyuges añade más: un cónyuge menor de 15 años al momento del matrimonio, o de 16 o 17 con una pareja diez años mayor; un peticionario residente que obtuvo la residencia mediante un matrimonio anterior en los últimos cinco años, quien debe probar el nuevo matrimonio con evidencia clara y convincente; un peticionario que antes presentó una petición por un cónyuge distinto; y cualquier petición conyugal anterior que haya sido negada o retirada.

La entrevista por separado

USCIS puede entrevistar a los cónyuges "juntos o por separado en cualquier etapa". El examen por separado es la entrevista Stokes, llamada así por Stokes v. INS, una demanda presentada en el Distrito Sur de Nueva York en nombre de peticionarios ciudadanos y sus cónyuges que alegaron que las investigaciones matrimoniales violaban el debido proceso y el derecho a un abogado. La corte negó una orden preliminar el 9 de enero de 1975, aunque reconoció que tanto los ciudadanos como sus cónyuges tenían "derechos valiosos en juego"; el caso se resolvió después mediante un acuerdo judicial que cubre el distrito de Nueva York.

Los practicantes de Nueva York resumen sus términos: aviso escrito de que se celebrará un examen por separado, una lista de documentos que llevar, el derecho a un abogado, el derecho a una copia del expediente, la prohibición de preguntas de intimidad sexual, la prohibición de negar la petición solo porque un peticionario invocó la Quinta Enmienda, y una oportunidad de explicar las inconsistencias en una sesión conjunta antes de la decisión. El examen en sí es un ejercicio de comparación. A cada cónyuge se le hacen las mismas preguntas sobre el hogar, la rutina matutina, la última discusión, el color de los azulejos del baño, y las respuestas se colocan lado a lado. Una remisión a una entrevista Stokes significa que el oficial ya duda del matrimonio.

Qué cuesta el fraude

Dos leyes se aplican a un matrimonio que se determine contraído para evadir la ley de inmigración. Conforme a INA 204(c), ninguna petición de ningún tipo puede aprobarse jamás para una persona que antes obtuvo o buscó estatus conyugal mediante tal matrimonio, o que "intentó o conspiró" para contraer uno. La prohibición es permanente y alcanza por igual a matrimonios posteriores genuinos y a peticiones de empleo. Conforme a INA 275(c), contraer a sabiendas un matrimonio para evadir las leyes de inmigración conlleva hasta cinco años de prisión y una multa de hasta $250,000, y el cónyuge ciudadano queda expuesto al mismo cargo.

La guía familiar de agosto de 2025 añade la consecuencia moderna para el solicitante que no tiene éxito: una petición no confiere estatus, y USCIS puede emitir un Aviso de Comparecencia a un beneficiario que sea deportable por otra razón. Y el memorando de ajuste de mayo de 2026, tratado en el artículo del sitio sobre el ajuste como discreción, convierte una estadía vencida o una violación de estatus en un factor adverso que se sopesa frente a la disponibilidad de un consulado en el extranjero, lo que describe al grupo más grande de solicitantes por matrimonio.

La tarjeta de dos años

Un cónyuge cuyo matrimonio tiene menos de dos años el día en que se concede la residencia recibe residencia condicional y una tarjeta que vence en dos años. Conforme a 8 CFR 216.4 la pareja debe presentar el I-751 conjunto dentro de los 90 días inmediatamente anteriores al segundo aniversario. Perder el plazo termina la residencia automáticamente e inicia el proceso de deportación. Una petición debidamente presentada extiende la validez de la tarjeta por 48 meses con base en el aviso de recibo, lo que importa porque la mediana del año fiscal 2026 para un I-751 es de 22.8 meses. El centro de servicio puede dispensar la entrevista si queda convencido de que el matrimonio fue genuino; de lo contrario el caso pasa a una oficina local y la pareja es entrevistada de nuevo.

Cuando el matrimonio ha terminado, o el ciudadano no quiere firmar, 8 CFR 216.5 permite al residente presentar solo bajo una de tres dispensas: el matrimonio se contrajo de buena fe y terminó por una causa distinta de la muerte del ciudadano; el residente o un hijo fue maltratado o sometido a crueldad extrema por el cónyuge ciudadano, una presentación exenta de tarifa; o la deportación causaría dificultades extremas surgidas desde la concesión de la residencia. Una dispensa puede presentarse antes o después del plazo de 90 días, en cualquier momento hasta una orden final de deportación. La buena fe se juzga por el compromiso que ambas partes mostraron con el matrimonio, es decir, por los mismos contratos de arrendamiento y cuentas conjuntas que sustentaron la petición original.

Qué hacer

  1. Presente el I-130 y el I-485 juntos si el cónyuge extranjero está dentro del país tras una entrada legal, y revise el cambio de edición del 18 de septiembre antes de enviar por correo.
  2. Presupueste $2,635 al presentar, $3,265 con el documento de viaje, y la tarifa del I-751 dos años después.
  3. Arme el expediente de buena fe antes de presentar, no antes de la entrevista. Contrato de arrendamiento conjunto, cuentas conjuntas, declaración de impuestos conjunta, seguros que se nombren mutuamente, fotografías a lo largo del tiempo y declaraciones juradas en la forma prescrita.
  4. Prepárese para una entrevista por separado desde el principio. Ambos cónyuges deben poder describir el mismo hogar sin ensayo.
  5. Anote en el calendario el plazo del I-751 el día en que llegue la tarjeta: los 90 días anteriores a su vencimiento, y ni un día después.
  6. Busque asesoría antes de presentar cuando el cónyuge extranjero haya excedido su estadía o trabajado sin autorización. El memorando de ajuste de 2026 trata esos hechos como razones para enviar el caso al extranjero.

Un caso por matrimonio se decide en papel dos veces y en persona al menos una. El papel es la parte que la pareja controla.

Información general, no asesoría legal.

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