I-602 Solicitud de Exención de Causales de Inadmisibilidad por parte de un Refugiado
La versión para refugiados y asilados de la exención de inadmisibilidad, que se decide por razones humanitarias, de unidad familiar o de interés público, y no por dificultades extremas. Normalmente se presenta junto con el I-590 de un refugiado o con el I-485 de un asilado o refugiado.
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- Quién lo presenta
- Refugiados y asilados a quienes se les determinó inadmisibilidad.
- Dónde se presenta
- Se presenta junto con la solicitud de refugio subyacente o la solicitud de ajuste de estatus.
Suele presentarse con
Parte de estos trámites
Qué cambió en 2025 y 2026
- No tiene costo de presentación y se decide por razones humanitarias, de unidad familiar o de interés público, en lugar del estándar de dificultades extremas que se utiliza en otros casos.
Página oficial. https://www.uscis.gov/i-602. Descargue el formulario allí, nunca de un sitio de terceros; verifique la fecha de edición y la tarifa antes de presentar.