I-485A Suplemento A del Formulario I-485, Ajuste de Estatus conforme a la Sección 245(i)
El suplemento 245(i). Permite que una persona que ingresó sin inspección, o que de otro modo no podría ajustar su estatus, lo haga de todas formas si fue beneficiaria de una petición o de una certificación laboral presentada a más tardar el 30 de abril de 2001. Toda persona que califique paga junto con él una multa de $1,000.
- Tarifa
- $1,000 tanto si se presenta en papel como en línea. $0 para un hijo o hija soltero menor de 17 años, y $0 para el cónyuge o el hijo o hija soltero menor de 21 años de un inmigrante legalizado que adjunte prueba de un Formulario I-817 debidamente presentado.
- Exención de tarifa
- No disponible
- Quién lo presenta
- Personas amparadas (grandfathered) bajo INA 245(i), que presentan un Formulario I-485.
- Dónde se presenta
- Se presenta junto con el Formulario I-485 al que complementa.
Suele presentarse con
Parte de estos trámites
Qué cambió en 2025 y 2026
- El amparo (grandfathering) bajo 245(i) es una de las pocas vías que quedan para obtener la residencia permanente para alguien que ingresó sin inspección y está casado con un residente permanente. La petición calificadora debe haberse presentado a más tardar el 30 de abril de 2001, con presencia física el 21 de diciembre de 2000 en el caso de peticiones presentadas después del 14 de enero de 1998.
Página oficial. https://www.uscis.gov/i-485supa. Descargue el formulario allí, nunca de un sitio de terceros; verifique la fecha de edición y la tarifa antes de presentar.