New York · est. 2013Saturday, September 5, 2026
Inside Immigration

Plain-language guides to US immigration, asylum and USCIS procedure.

Guías en español

Registro de extranjeros y el Formulario G-325R: quién debe registrarse, quién ya lo hizo y qué le cuesta

Leer el original en inglésЧитать по-русски

La Ley de Registro de Extranjeros de 1940 exigía que toda persona no ciudadana en el país se registrara y se tomara las huellas dactilares. La obligación nunca fue derogada; está en las secciones 261 a 266 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Durante la mayor parte de los últimos cincuenta años se cumplía automáticamente con el papeleo de la inmigración común y corriente, y nadie pensaba en ella.

La Orden Ejecutiva 14159, firmada el 20 de enero de 2025, ordenó al DHS (Departamento de Seguridad Nacional) hacerla cumplir. Una regla final provisional publicada el 12 de marzo de 2025 creó un formulario y un proceso en línea para las personas que no tenían otra manera de cumplir, con vigencia a partir del 11 de abril de 2025. El formulario es el G-325R, Información Biográfica (Registro). Su propósito, según la propia estimación del gobierno, es alcanzar a entre 2.2 y 3.2 millones de personas que nunca fueron registradas, la mayoría de las cuales entró sin inspección.

Quién ya está registrado

Esta es la parte que hay que revisar primero, porque para la mayoría de los lectores la respuesta es sí. Usted está registrado si es, o alguna vez fue:

  • residente permanente legal
  • admitido como no inmigrante con un I-94, aunque la admisión ya haya vencido
  • una persona a quien se le emitió una visa y fue admitida con ella
  • una persona a quien se le otorgó parole para ingresar al país, aun después de que el parole terminó
  • una persona puesta en proceso de deportación, o que recibió una orden de deportación expedita o reinstalada
  • una persona a quien se le emitió un permiso de trabajo
  • una persona a quien se le emitió una Tarjeta de Cruce Fronterizo, o que fue admitida mediante un programa de Viajero Confiable (Trusted Traveler)
  • solicitante de una tarjeta de residencia o de legalización que dio sus huellas dactilares, aunque la solicitud haya sido negada

Si alguna de esas situaciones lo describe, no hay nada que presentar. Lleve consigo la prueba.

Quién no lo está

Las personas que entraron sin inspección y no tienen ningún documento de la lista anterior. Los canadienses admitidos en fronteras terrestres sin un I-94. Las personas cuyo único contacto con USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos) fue una presentación que no cuenta como registro, lo que incluye las solicitudes de DACA y TPS, salvo que como resultado se haya emitido un permiso de trabajo. Y los niños nacidos aquí de diplomáticos extranjeros que no adquirieron la ciudadanía al nacer.

La regla

Toda persona de 14 años o más que no esté registrada y permanezca en el país 30 días o más debe registrarse antes de que se cumplan los 30 días. Los padres registran a los menores de 14 años. Toda persona que cumpla 14 años en Estados Unidos debe registrarse y tomarse las huellas dactilares dentro de los 30 días posteriores a su cumpleaños, haya sido registrada o no cuando era niña; un residente permanente lo hace presentando el Formulario I-90. La obligación se aplica a cada estadía de 30 días o más.

Los diplomáticos, el personal de organizaciones internacionales y el personal de la OTAN están exentos, al igual que los indígenas americanos nacidos en Canadá que ingresan bajo la INA 289 y los miembros de la tribu Kickapoo de Texas.

El proceso y las sanciones

No hay cuota, aunque la regla se reserva el derecho de imponer una. Cada persona que se registra necesita una cuenta personal en línea de USCIS. Después de la presentación, USCIS decide si programa la toma de huellas dactilares y luego publica en la cuenta un aviso de registro, que sirve como prueba. Los cambios de dirección deben reportarse a través de la cuenta dentro de 10 días.

No registrarse o no tomarse las huellas dactilares de manera intencional es un delito menor: una multa de hasta $5,000, hasta seis meses de cárcel, o ambos. No portar la prueba, para cualquier persona de 18 años o más, es un delito menor aparte, con una multa de hasta $100 o 30 días. USCIS ha dicho que una cita de huellas dactilares pendiente no constituye un incumplimiento intencional, aun pasada la marca de los 30 días.

La decisión que nadie puede tomar por usted

El registro no confiere nada. No es un estatus, no autoriza a trabajar y no otorga ninguna protección. Lo que sí hace es entregar un nombre, una dirección y un juego de huellas dactilares a una agencia cuya prioridad declarada es la aplicación de la ley migratoria. Para una persona sin estatus, la elección es entre una exposición penal por no registrarse y una exposición a la aplicación de la ley por hacerlo.

Esa no es una decisión que este sitio pueda tomar por nadie, y no es una que se tome a partir de un formulario. La Coalition for Humane Immigrant Rights demandó para bloquear la regla en marzo de 2025; la corte de distrito permitió que entrara en vigor y después negó una orden judicial, y la apelación está pendiente en el D.C. Circuit. La regla sigue vigente.

Qué hacer

  1. Use la Herramienta de Determinación del Requisito de Registro de Extranjeros de USCIS antes de hacer cualquier cosa. La mayoría de las personas con historial migratorio ya están registradas.
  2. Si usted está registrado, lleve consigo la evidencia: la tarjeta de residencia, la impresión del I-94, el permiso de trabajo, los avisos de recibo.
  3. Si no está registrado y tiene cualquier tipo de exposición, consulte a un abogado con licencia o a un representante acreditado por el DOJ antes de presentar. El plazo de 30 días es real, y también lo son las consecuencias en ambos lados.
  4. Mantenga actualizada la dirección que figura en el expediente. Esa obligación también es una ley antigua, y ahora se está leyendo.

Información general, no asesoría legal.

Más guías en español

Español