TD Cónyuge o hijo de un profesional del T-MEC (USMCA)
TD es el estatus derivado para el cónyuge y los hijos solteros menores de 21 años de un profesional TN de Canadá o México. Permite estudiar pero no trabajar, y esa es la razón principal por la que las familias eligen H-1B o L-1 en lugar de TN cuando tienen la opción. Los dependientes de ciudadanía canadiense no necesitan visa TD; todos los demás sí.
- Duración
- No mayor que el periodo otorgado al no inmigrante TN principal, que es de hasta tres años por admisión.
- Extensiones
- Se extiende junto con el principal. Cuando el empleador TN presenta el Formulario I-129 para el principal, los dependientes TD que están dentro de Estados Unidos presentan el Formulario I-539. Cuando el principal sale del país y vuelve a solicitar en la frontera, la familia vuelve a solicitar al mismo tiempo.
- Trabajo
- No. Los dependientes TD no pueden trabajar en Estados Unidos y no existe una vía de EAD. Se permite estudiar en cualquier nivel. Un cónyuge que necesite trabajar debe calificar para su propio estatus, ya sea su propio TN, un H-1B, un L-1 o un F-1 con entrenamiento práctico.
- Doble intención
- falso - TD sigue a TN, que es un estatus estrictamente temporal. Buscar la residencia permanente socava la posición de toda la familia en la frontera y en el consulado.
- Dependientes
- No aplica. TD es en sí misma la clasificación derivada.
- Camino a la residencia permanente
- No hay una vía independiente, y el carácter de intención única del TN empeora la posición del derivado en lugar de mejorarla. Las familias que pretenden establecerse normalmente cambian primero al principal a H-1B o L-1, lo que convierte a los dependientes en H-4 o L-2, ambos más permisivos y, en el caso del L-2, con autorización de trabajo.
- Tiempo de trámite
- Los dependientes canadienses son admitidos el mismo día en la frontera. Los dependientes no canadienses esperan una entrevista consular, lo que desde la reversión de octubre de 2025 y la guía de residencia de julio de 2026 significa solicitar en el puesto de su propio país y no en el más cercano o conveniente. Las extensiones con el Formulario I-539 tardan varios meses en USCIS.
Quién califica
- Cónyuge legalmente casado de un no inmigrante TN, incluidos los cónyuges del mismo sexo
- Hijos solteros menores de 21 años de un no inmigrante TN
- Familiares de cualquier nacionalidad, no solo canadienses y mexicanos, ya que TD se basa en la relación familiar y no en la ciudadanía
- Familiares que acompañan al profesional TN, o que se le unen posteriormente
Requisitos
- El principal TN debe tener o estar solicitando un estatus TN válido
- Prueba de la relación calificante: acta de matrimonio o acta de nacimiento
- Los familiares que se unan después deben mostrar el Formulario I-94 válido del principal que evidencie que se mantiene el estatus TN
- El principal TN debe demostrar la capacidad de mantener económicamente a la familia en Estados Unidos
- Los dependientes de ciudadanía canadiense no necesitan visa TD, pero deben cumplir los requisitos de CBP en el puerto de entrada
- Los dependientes no canadienses, incluidos los familiares de ciudadanía mexicana, deben obtener visas TD en un puesto consular
- Un canadiense que vive fuera de Canadá con cónyuge o hijos no canadienses necesita una visa TN, y no solo la admisión en el puerto de entrada, para que la familia pueda obtener visas TD derivadas
Cómo solicitar
- 1
Confirme el estatus del principal TN y obtenga una copia de su Formulario I-94 y de la carta del empleador
- 2
Los dependientes de ciudadanía canadiense presentan prueba de ciudadanía y los documentos de la relación familiar ante CBP en un puerto de entrada
- 3
Los dependientes no canadienses completan el Formulario DS-160, pagan la tarifa MRV de $185 y asisten a la entrevista en un puesto consular de su país de nacionalidad o residencia
- 4
Lleve el acta de matrimonio o las actas de nacimiento y evidencia de que el principal puede mantener a la familia
- 5
Cuando el principal sea un canadiense que vive fuera de Canadá con familia no canadiense, obtenga una visa TN en lugar de depender de la admisión en el puerto de entrada, para que la familia pueda obtener visas TD
- 6
Inscriba a los hijos en la escuela, lo cual está permitido con el TD
- 7
Presente el Formulario I-539 cuando el principal extienda su estatus, o vuelvan a solicitar juntos en la frontera
- 8
Planifique un estatus separado para el cónyuge que necesite trabajar
Tarifas y formularios
| Tarifa de solicitud de visa no inmigrante MRV, categoría no basada en petición | $185 per non-Canadian dependant |
| Visa TD para un dependiente de ciudadanía canadiense | No visa required; CBP port of entry requirements apply |
| Formulario I-539 para extender el estatus TD dentro de Estados Unidos | $470 paper, $420 online |
| Tarifa de integridad de visa de la Ley Pública 119-21 | $250 statutory minimum; absent from the State Department fee schedule as of September 2026, so collection is unverified |
Qué cambió en 2025 y 2026
- 1 de octubre de 2025: entró en vigor la reversión de la exención de entrevista anunciada el 18 de septiembre de 2025, que reemplazó la guía del 25 de julio de 2025. Casi todos los solicitantes de visa no inmigrante ahora necesitan una entrevista en persona. Las excepciones permanentes son A-1, A-2, C-3 salvo personal doméstico, G-1 a G-4, NATO-1 a NATO-6, TECRO E-1, visas diplomáticas y oficiales, y renovaciones dentro de 12 meses de B-1/B-2, tarjetas de cruce fronterizo mexicanas y H-2A. Los solicitantes elegibles para la exención también deben solicitar en su país de nacionalidad o residencia, nunca deben haber recibido una negativa de visa salvo que se haya superado o dispensado, y no deben tener ninguna inelegibilidad aparente. Se eliminaron las antiguas exenciones por edad para menores de 14 y mayores de 79 años. No se ha emitido ninguna actualización adicional hasta septiembre de 2026.
- 15 de julio de 2026: el Departamento de Estado indicó a los solicitantes de visa no inmigrante que asistan a la entrevista en su país de nacionalidad o residencia, o en el puesto de procesamiento designado si su país no tiene operaciones de rutina. Se permite solicitar en otro lugar, pero es más difícil calificar, la tarifa MRV no es reembolsable ni transferible, y los tiempos de espera son mucho más largos. Los solicitantes A, G, C-2, C-3, NATO y diplomáticos están exentos. Las familias TN de nacionalidades mixtas ahora tienen que entrevistarse en puestos distintos, lo que complica viajar juntos.
- 1 de enero de 2026: la Proclamación Presidencial 10998, firmada el 16 de diciembre de 2025, entró en vigor a las 12:01 a.m. EST y reemplazó a la Proclamación 10949 (firmada el 4 de junio de 2025, vigente desde el 9 de junio de 2025). Suspende totalmente la emisión de visas a nacionales de 19 países - Afganistán, Burkina Faso, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Laos, Libia, Malí, Níger, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria y Yemen - además de los portadores de documentos de viaje de la Autoridad Palestina, en todas las categorías de no inmigrante e inmigrante. Solo alcanza a las personas que se encontraban fuera de Estados Unidos y no tenían una visa válida a las 12:01 a.m. EST del 1 de enero de 2026; ninguna visa emitida con anterioridad fue revocada en virtud de ella. Cuando un dependiente TD tiene la nacionalidad de uno de los 19 países con suspensión total, la suspensión total se aplica aunque el principal TN sea canadiense o mexicano.
- 4 de julio de 2025: la Ley Pública 119-21 agregó recargos migratorios no dispensables además de las tarifas normales de presentación. Los que afectan a los no inmigrantes son la tarifa del Formulario I-94, mantenida en $24 para el año fiscal 2026, la tarifa de parole, ajustada a $1,020 para el año fiscal 2026, los recargos de EAD para personas en parole de $560 inicial y $280 de renovación, y una tarifa legal de integridad de visa de al menos $250 sobre la emisión de visas no inmigrante. La tarifa de integridad de visa de $250 está promulgada pero no se ha verificado su cobro: no aparece en ninguna parte del arancel de tarifas del Departamento de Estado hasta septiembre de 2026 y no se ha publicado ninguna norma de implementación.
- Arancel de tarifas vigente de USCIS, Formulario G-1055 edición 05/29/26: el Formulario I-539 cuesta $470 en papel y $420 en línea.
- 18 de agosto de 2026: se lanzó el programa piloto de cita acelerada de visa no inmigrante de $750 en la Misión Canadá, y desde el 21 de julio de 2026 en la Misión México, pero está limitado a solicitantes B-1/B-2 y no ayuda a los solicitantes TD.
Dónde suele fallar
- Suponer que los cónyuges TD pueden trabajar. No pueden, bajo ninguna circunstancia.
- Un profesional TN canadiense que vive fuera de Canadá con una familia no canadiense, que opta por la admisión en el puerto de entrada y luego no puede obtener visas TD para su familia.
- Dependientes TD de una nacionalidad alcanzada por la prohibición de viaje de enero de 2026, incluso cuando el principal no lo esté.
- No llevar el Formulario I-94 del principal cuando la familia lo sigue para reunirse con él más adelante.
- Un hijo con estatus TD que cumple 21 años y se queda sin estatus derivado.
- No prever que toda la familia se encuentra en un estatus de intención única, de modo que una solicitud de residencia permanente expone a todos.
- Permitir que el estatus TD venza antes que el del principal, lo cual ocurre cuando el principal renueva en la frontera y la familia no viaja.
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