New York · est. 2013Saturday, September 5, 2026
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Visas · Student

F-3 Estudiante Conmutante Fronterizo (Border Commuter Student)

Una subcategoría restringida de F-1 para nacionales de Canadá y México que residen en su país de origen pero cruzan la frontera terrestre para asistir a una escuela certificada por SEVP en los Estados Unidos, generalmente de manera parcial (part-time), sin trasladar su residencia a los Estados Unidos.

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Duración
Admitido hasta una fecha determinada en cada período o semestre, vinculada a las fechas específicas de ese período según el Formulario I-20 correspondiente, y no por duración del estatus ni por un período de admisión de varios años. Se requiere un nuevo Formulario I-20 y una nueva admisión para cada nuevo semestre o período académico.
Extensiones
No existe el concepto de "extensión de estadía" para F-3 en la forma en que existe para otras categorías F; en su lugar, se requiere un nuevo Formulario I-20 y una nueva admisión en la frontera para cada nuevo período académico.
Trabajo
Un estudiante conmutante fronterizo F-3 no puede aceptar empleo en relación con su estatus, salvo la capacitación práctica curricular (CPT) o la capacitación práctica opcional posterior a la finalización de estudios (OPT) según lo previsto para los estudiantes F.
Doble intención
No
Dependientes
No se aborda por separado en las fuentes revisadas aquí respecto de F-3; el estatus de conmutante fronterizo está diseñado para estudiantes que continúan residiendo en su país de origen y que se desplazan diariamente, lo cual no corresponde al escenario típico de acompañamiento de dependientes utilizado para F-2 (no verificado si los dependientes F-2 se utilizan comúnmente junto con F-3).
Camino a la residencia permanente
No hay una vía directa. F-3 es exclusivamente de no inmigrante, y su requisito de residencia en el extranjero (vivir en Canadá o México mientras se desplaza diariamente) está en tensión fundamental con la intención necesaria para tramitar la residencia permanente en los Estados Unidos.
Tiempo de trámite
No verificado de manera independiente respecto de una cifra específica aquí (no verificado). La admisión generalmente se tramita en la frontera terrestre y no mediante una adjudicación separada de USCIS

Quién califica

  • Un nacional de Canadá o México
  • Que mantiene su residencia efectiva y su domicilio en su país de origen
  • Que es admitido a un curso completo de estudios, aunque posiblemente de tiempo parcial, en una escuela certificada ubicada dentro de las 75 millas de una frontera terrestre de los Estados Unidos
  • Que solicita admisión en un puerto de entrada terrestre de los Estados Unidos

Requisitos

  • Nacionalidad canadiense o mexicana
  • Residencia continua en el país de origen (sin traslado a los Estados Unidos)
  • Inscripción en una escuela ubicada dentro de las 75 millas de una frontera terrestre de los Estados Unidos, en un curso completo de estudios orientado a un objetivo educativo o profesional específico, aunque la carga académica en sí puede reducirse por debajo del umbral estándar de tiempo completo con autorización del DSO
  • Un nuevo Formulario I-20 cada semestre o período académico que especifique las fechas reales del período, ya que las reglas de duración del estatus (duration of status) y de extensión de estadía estándar no aplican a los estudiantes conmutantes fronterizos
  • Admisión hasta una fecha determinada en cada período académico, no por duración del estatus

Cómo solicitar

  1. 1

    Obtener la aceptación en una escuela certificada por SEVP ubicada dentro de las 75 millas de una frontera terrestre de los Estados Unidos

  2. 2

    Solicitar que el DSO de la escuela emita un Formulario I-20 específico para el período académico en curso, con una fecha de finalización que coincida con ese período

  3. 3

    Completar el Formulario DS-160 y obtener una visa F si se requiere (o utilizar una visa válida existente o documento de cruce fronterizo, según corresponda)

  4. 4

    Solicitar admisión en un puerto de entrada terrestre de los Estados Unidos en cada período académico, manteniendo la residencia en Canadá o México

Tarifas y formularios

Tarifa SEVIS, solicitantes F-1/F-3$350 (per 8 CFR 214.2(f)(19), remittance of the SEVIS fee is required for F-1 or F-3 status, subject to the exceptions in 8 CFR 214.13)
Tarifa de solicitud de visa de no inmigrante (MRV), categoría F$185.00
Visa Integrity Fee (H.R. 1 / Public Law 119-21, sec. 100007)at least $250 per nonimmigrant visa issued, refundable if conditions met - statutory as of July 4, 2025 but as of September 2026 not yet operational (unverified implementation date)
Form I-20 (new one each term)DS-160

Qué cambió en 2025 y 2026

  • 2025-06-18: El requisito ampliado de verificación de redes sociales del Departamento de Estado para solicitantes de visas F, M y J aplica a los solicitantes F-3 como titulares de visas de la categoría F
  • 2025-07-04: El Visa Integrity Fee con un mínimo legal de $250 (H.R. 1) aplica a la emisión de visas de no inmigrante en general; si aplica y de qué manera al patrón de admisión período por período del F-3 no fue verificado de manera independiente aquí (no verificado)

Dónde suele fallar

  • F-3 es una de las clasificaciones de estudiante menos comunes y es fácil confundirla con el estatus F-1 ordinario; aplica únicamente a nacionales canadienses o mexicanos que residen efectivamente en su país de origen y se desplazan diariamente, no a canadienses o mexicanos que se trasladan a los Estados Unidos para estudiar
  • Dado que la duración del estatus y el proceso estándar de extensión de estadía no aplican, un estudiante conmutante fronterizo debe obtener un nuevo Formulario I-20 y una nueva admisión en cada período académico, sin poder apoyarse en una admisión de varios años
  • La autorización de empleo es más restringida que en el F-1 estándar: la regla del conmutante fronterizo no contempla empleo dentro del campus, únicamente CPT y OPT posterior a la finalización de estudios

También en Student

Fuentes: ecfr.gov · ice.gov · travel.state.gov · state.gov · federalregister.gov

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