EOIR-31 Solicitud de Reconocimiento como Organización Sin Fines de Lucro Religiosa, Caritativa, de Servicio Social o Similar Establecida en los Estados Unidos
La solicitud que presenta una organización sin fines de lucro para ser reconocida por la Oficina de Programas de Acceso Legal (Office of Legal Access Programs) del DOJ, de modo que su personal pueda representar a personas ante EOIR y DHS. El reconocimiento es lo que hace lícita la representación por parte de personas que no son abogados en casos de inmigración.
- Tarifa
- $0
- Exención de tarifa
- No disponible
- Quién lo presenta
- Organizaciones sin fines de lucro que buscan el reconocimiento.
- Dónde se presenta
- Ante la Oficina de Programas de Acceso Legal del DOJ, Programa de Reconocimiento y Acreditación (Recognition and Accreditation Program).
Suele presentarse con
Parte de estos trámites
Qué cambió en 2025 y 2026
- El reconocimiento y la acreditación son la única vía lícita para que personas que no son abogados representen a inmigrantes. Cualquier otra persona que ofrezca llenar formularios a cambio de una tarifa es un notario, y eso constituye un delito en la mayoría de los estados.
Página oficial. https://www.justice.gov/eoir/eoir-forms. Descargue el formulario allí, nunca de un sitio de terceros; verifique la fecha de edición y la tarifa antes de presentar.